REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de octubre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-Z-2004-000697
Definitivamente firme como ha quedado la anterior Sentencia de SEPARACION DE CUERPOS propuesto por los ciudadanos: RICARDO JOSE BASTARDO TOVAR y ADRIANA DEL CARMEN LAYA LAYA dictada por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 02, procédase a su ejecución. A los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil, expídase copia certificada de la Sentencia con inserción del presente auto y remítase con oficio una de ellas al PREFECTO DEL MUNICIPIO SOTILLO DEL ESTADO ANZOÁTEGUI y otra al ciudadano REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI Certifíquense por Secretaria dichas copias de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del código Civil. Asimismo, se ordena el cierre del presente expediente y se ordena su remisión al archivo Judicial.--
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº. 02
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA. Acc
ABOG. LORELYS CAROLINA FIGUEROA.
En la misma fecha del auto anterior, se cumplió todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA. Acc
ABOG. LORELYS CAROLINA FIGUEROA.
ADJ/carmen