REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
El Tigre, veinte de octubre de dos mil cinco
195º y 146º
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: BP12-S-2005-002415
PARTE ACTORA: AIMARA SIMOSA
PARTE DEMANDADA: SERVICES PALEX . C.A.
ASISTENTES DE LA ACTORA. Abogados: ANNERIS SIMOSA GONZALES y JOSE GREGORIO ARTHUR, Inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 81.118 y 49.946
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados: NELSON BELTRAN CEDEÑO y TOMAS ANTONIO CASTELLANO inscritos en el Inpreabogado, bajo los Nº 82.327 y 82.348.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
Siendo las una (1:00) p.m. del día hoy, veinte (20) de Octubre de 2005, la Audiencia estaba pautada para las Diez (10:00 ) a.m, pero por desperfectos en la conexión de red. Todas las audiencia sufrieron retardos. previamente fijada para la celebración de la audiencia preliminar en la demanda que por intentó la ciudadana: AIMARA SIMOSA, C.I. Nº 10.941.651, contra la sociedad mercantil : SERVICES PALEX C.A. Compareció La Actora y sus asistentes judiciales Abogados: ANNERIS SIMOSA GONZALEZ y JOSE GREGORIO ARTHUR, antes identificados, y en representación de la sociedad mercantil demandada: SERVICES PALEX, C. A. comparecieron la abogados: NELSON BELTRAN CEDEÑO y TOMAS ANTONIO CASTELLANOS, antes identificados quienes consignaron poder original y copia para certificar y agregar a las actas. Seguidamente, el Juez habiendo verificado la identidad de los asistentes y la representación que acreditan, recibió escrito de pruebas de la parte demandante escrito constante de: Dos (2) folios útiles y tres (3) folios anexos, mientras que la parte demandada, no consignó escrito de pruebas . Seguidamente el Juez escucha los alegatos de la actora quien explanò su despido y reclama su reenganche y pago de salarios caidos, La parte demandanda toma la palabra y expone: Nuestra representada SERVICES PALEX C.A. Comparece a la audiencia con la finalidad de dar por terminado este juicio de calificación de despido, mediante el reenganche de la trabajadora despedida y el pago de los salarios caidos y los sueldos dejados de percibir, hasta el dia de hoy veinte (20) de Octubre del 2.005, ambas fechas inclusive , para honrar ese pago consignamos en este acto un cheque por la cantidad de. DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE BOLIVARES (Bs. 2.157.949,00), mediante cheque contra el BANCO VENEZOLANO DE CREDITO, Agencia Puerto la Cruz, Nº 11483913, cuenta corriente de la Empresa SERVICES PALEX C.A. Nº 0104-0137-24-0137001268, a favor de la trabajadora AIMARA SIMOSA y solicita que la trabajadora se reincorpore de inmediato en horas habiles de a su puesto de trabajo, en las misma condiciones que laboraba antes del despido, con el mismo cargo, salario, horario y centro de trabajo El Tribunal vista la consignaciòn de la parte demandada, solicita de la actora y sus abogados asistentes un pronunciamiento al respecto, interviniendo el Abog. Jose Gregorio Arthur, a nombre de la trabajora y expuso: NUESTRA ASISTIDA, ciudadana AIMARA SIMOSA, Acepta la propuesta del reenganche y el pago de salarios caidos y sueldos dejados de percibir durante este periodo. Vistas las exposiciones de las partes y la consignaciòn hecha por la demandada, asi como la aceptación por parte de la trabajadora y sus asistentes, de la propuesta de REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS Y SUELDOS DEJADOS DE PERCIBIR, Este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, en nombre de LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA EL REENGANCHE Y LOS PAGOS DE SALARIOS CAIDOS Y SUELDOS DEJADOS DE PERCIBIR Y ORDENA OFICIAR A LA EMPRESA PETROLERA AMERIVEN S.A., PARA QUE PROCEDA DE INMEDIATO A PERMITIR EL ACCESO DE LA TRABAJADORA AIMARA SIMOSA GONZALEZ, A LAS INSTALACIONES DE LA EMPRESA, HABIDAS CUENTAS QUE LA EMPRESA SERVICES PALEX C.A OPERA DENTRO DE LAS INSTALACIONES DE LA EMPRESA AMERIVEN S.A.Se declara terminada la audiencia y terminado el procedimiento . se ordena expedir copia certificada a las partes de la presente homologación. Cumplase, en la sede del Despacho y Audiencias del Tribunal a los veinte días del mes de octubre del 2.005.
El Juez Temporal
Abg. Luis Muñoz
La Secretaria
Abg. Maryedith Hernández
LOS ASISTENTES DE LA DEMANDANTE
LOS APODERADOS DE LA DEMANDADA
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