Por recibido el presente expediente y visto el contenido de la sentencia dictada en fecha 15 de Agosto de 2005 por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual se declaró competente para conocer la consulta obligatoria y ordenó la remisión del asunto a este Juzgado; terminado como ha quedado el presente juicio, en virtud de la sentencia de este Tribunal del 21 de Enero de 2004, que declaró inadmisible el amparo, este Tribunal ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de ésta Circunscripción Judicial, a los fines consiguientes. Déjese copia certificada. Remítase el Expediente.
El Juez Provisorio,


Abog. Antonio Marcano Campos.
La Secretaria Temporal,



Abog. Adayelís Guerrero R.