Visto el contenido de la sentencia dictada en fecha 07 de agosto de 2002 por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual declaró sin lugar la apelación interpuesta por Ivis Sarmiento, apoderada judicial de la ciudadana Clara Josefina Sarmiento Márquez contra la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 21 de Febrero de 2002, en la cual se declaró Improcedente la acción de amparo constitucional incoada por la mencionada ciudadana contra el Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoátegui; en consecuencia, terminado como ha quedado el presente juicio de amparo, este Tribunal ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de ésta Circunscripción Judicial, a los fines consiguientes. Déjese copia certificada. Remítase el Expediente.
El Juez Provisorio,


Abog. Antonio Marcano Campos.
La Secretaria Temporal,



Abog. Adayelís Guerrero R.