Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo
de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, cinco de septiembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : BP02-O-2004-000279

Vista la transacción de fecha 2 de septiembre de 2005, celebrada entre el Abogado Bogart Enrique González Pacheco, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Julia Cabello Pico, parte accionante en el presente juicio, por una parte, y por la otra, el ciudadano Robinson Wladimir Farias, en su carácter de Gerente de la sociedad mercantil “Grupo Cabellos, C.A.”, parte accionada, asistido por la Abogada Migda Margarita Rodríguez Zabala, en la cual solicitan la homologación de la presente transacción, otorgándosele el efecto de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y, el archivo del expediente; en consecuencia, este Juzgado Superior HOMOLOGA la transacción celebrada entre las partes, por no ser contraria a derecho. En consecuencia, ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial. Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada. (Expediente signado con el Nº BP02-O-2004-000279).
El Juez Provisorio,


Abog. Antonio Marcano Campos
La Secretaria Temporal,


Abog. Adayelís Guerrero Rodríguez.