REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 07 de Septiembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2005-003900
ASUNTO : BP01-P-2005-003900


Vista la solicitud presentada por la Dra. ANGELINA MARIVEL AVILA, Fiscal Superior (E) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, mediante la cual solicita que conforme al artículo 118 del Código Orgánico Procesal Penal y primer aparte del 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se decrete Medidas de Protección a fin que se garantice la integridad de la ciudadana ODALIS JOSEFINA RAMOS, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.344.712, de 41 años de edad, de profesión u oficio del hogar, residenciada en la Calle José Gregorio Hernández Casa N° 29, Urbanización Virgen Del Valle, al lado del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Delegación Barcelona, Estado Anzoátegui, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control Nro. 02, para decidir observa:

Los hechos planteados por el Ministerio Público se refieren a que en fecha dos (02) de Abril del año en curso compareció ante la Unidad de Atención a la victima, la ciudadana ODALIS JOSEFINA RAMOS, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.344.712, donde solicita Medida de Protección en su condición de victima en la causa signada bajo el número F17- 0125-05 que cursa ante la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público, mediante la cual expone entre otras cosas “… El dia dos (02) de Abril del año en curso, fué asesinado mi hijo Israel Rodríguez Ramos, por el adolescente Darwin José Velásquez, quién estaba prófugo, el referido ciudadano tenía orden de captura y el día Sábado tres (03) del presente mes fue detenido, a raíz de su detención, estoy siendo amenazada de muerte por parte de los familiares y amigos de este delincuente, los cuales me amenazan que me van a tirotear o a quemar mi residencia o a mi persona. Por tal motivo y porque mi vida corre peligro de muerte por parte de los familiares y amigos de este delincuente, solicito me sea concedida medida de protección a mi mi favor. Quiero agregar que si algo me llegara a pasar, hago responsable de esto a los familiares de este delincuente, es todo”

DISPOSITIVA

Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control N°. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Con lugar la solicitud presentada por la Dra. ANGELINA MARIVEL AVILA, Fiscal Superior (E) del Ministerio Público de éste Estado y en consecuencia conforme a los artículos 30 y primer aparte del 50, ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 23 y 118 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la siguiente Medida de Protección: Vigilancia, recorridos diarios, vespertinos y nocturnos en la Calle José Gregorio Hernández, Casa N° 29, Urbanización Virgen Del Valle , al lado del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Delegación Barcelona, Estado Anzoátegui, donde habita la victima, ciudadana ODALIS JOSEFINA RAMOS, extensiva hasta sus hijos que cohabitan con ella. SEGUNDO: A tales efecto se comisiona al Comandante General del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Anzoátegui, a los fines que designe a funcionarios adscritos a ese Organismo Policial para que cumplan con la Medida de Protección acordada por éste Tribunal; debiendo remitirse el oficio respectivo. Notifíquese a la Dra. ANGELINA MARIVEL AVILA, Fiscal Superior (E) del Ministerio Público y a la victima antes identificada. Remítase el presente asunto a la Fiscalía Superior de éste Estado. Regístrese. Notifíquese.
EL JUEZ DE CONTROL Nro: 02 DE GUARDIA,

Dr. JOSE FRANCISCO MOLINA FAJARDO


LA SECRETARIA,

ABG. ESNERLAIDA REYES


JFMF/msdh.