REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 26 de Septiembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2003-005159
ASUNTO : BP01-S-2003-005159


Vista la solicitud de Sobreseimiento de la causa consignada por el Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de esta Circunscripción Judicial, conforme a los artículos 108, ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, 34, ordinal 10° de la Ley Orgánica del Ministerio Público, 318, ordinal 3°, 48, ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal y 108, ordinal 4° del Derogado Código Penal, en el proceso incoado en contra de LUDWING RAFAEL RAMOS RODRIGUEZ, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, penado en el artículo 454, ordinal 8° del Código Penal, cometido en perjuicio de NER JOSE QUERALES BELMONTE, este Tribunal, para decidir al respecto, observa:

Los hechos que nos ocupan se suceden el 22 de abril de 1997, en virtud de denuncia ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminaliticas, por parte del ciudadano Ner Querales Belmonte, quien en su declaración expreso lo siguiente resulta que yo estoy en el telecajero del Banco Mercantil de la calle sucre de la ciudad de Puerto La Cruz, yo introduje mi tarjeta en el cajero y se me quedo trabada, cuando intente sacarla no salio, le conté aun ciudadano que estaba cerca y me dijo que marcara la clave, y tratándose del delito de HURTO AGRAVADO, penado en el artículo 454, ordinal 8° del Código Penal y con un lapso de prescripción de cinco (5) años, de acuerdo a lo dispuesto en el ordinal 4° del artículo 108 Ejusdem, y en virtud de haber transcurrido un lapso de más de cinco (05) años, desde la fecha en que se perpetrara el ilícito penal perseguido, sobrepasando en exceso el lapso de prescripción aplicable, se debe concluir que la petición Fiscal se encuentra ajustada a Derecho y se procede en consecuencia a decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, por haber operado la prescripción de la acción penal, de acuerdo a los artículos 318, ordinal 3°, 48, ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 108, ordinal 4° del Derogado Código Penal y así se decide.-

DISPOSITIVA

Este Tribunal de Primera Instancia en Función Cuarto de Control del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, presentada por la parte Fiscal, en la causa incoada en contra de LUDWING RAFAEL RAMOS RODRIGUEZ, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, cometido en perjuicio de, NER JOSE QUERALES BELMONTE, de acuerdo a los artículos 318, ordinal 3° y 48, ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108, ordinal 4° del Derogado Código Penal.
Regístrese, notifíquese y déjese copia.
LA JUEZ DE CONTROL N° 4


DRA. FREYA RODRIGUEZ DE LOPEZ.

EL SECRETARIO,


ABG. RAMON MOISES FERNANDEZ ORAA.