REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 19 de Septiembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2005-003986
Visto el escrito presentado por el DR. RAMON HERNANDEZ LEGON, en su carácter de Fiscal Noveno (A) del Ministerio Público de este Estado, mediante el cual coloca a disposición de este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, en calidad de detenido al imputado XAVIER JOSE VILLARROEL, y solicita a este Juzgado la Libertad Plena del mencionado imputado. Y oído como fue el imputado debidamente asistido por su Defensor Privado, DR. AGUSTIN MILLAN MARCANO, previamente designado, este Tribunal para decidir observa:
PRIMERO: Vista la solicitud consignada por el Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, y oídas las exposiciones de las partes, el Tribunal considera ajustado a derecho la solicitud en el sentido de que se acuerde la LIBERTAD PLENA, al ciudadano XAVIER JOSE VILLARROEL, por cuanto no se encuentran llenos los extremos legales a que se contraen los artículos 250 y 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se ordena en forma inmediata el cese de la detención del mencionado ciudadano; todo con fundamento a los principios del debido proceso, afirmación de libertad y presunción de inocencia contenido en los Artículos 1, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, ratificado en los artículos 44 y 49 de nuestra carta fundamental. SEGUNDO: Librese el correspondiente oficio a la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, a los fines de informar de la libertad del ciudadano XAVIER JOSE VILLARROEL. Remítase la presente causa, en su oportunidad legal, a la Fiscalía Novena del Ministerio Público de éste Estado, a los fines legales consiguientes. Y así se decide.
D I S P O S I T I V A
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA a favor del ciudadano XAVIER JOSE VILLARROEL, titular de la cédula de identidad N° 17.972.421, Venezolano, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, nacido el 18-03-1983, de 22 años de edad, estado civil casado de profesión u oficio obrero, hijo de ROSA SANZONETTE, residenciado en Barrio El Esfuerzo, Calle La Fé, Casa N° 3, Barcelona, Estado Anzoátegui, Librese el correspondiente oficio a la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, a los fines de informar de la libertad del ciudadano XAVIER JOSE VILLARROEL. Remítase la presente causa, en su oportunidad legal, a la Fiscalía Novena del Ministerio Público de éste Estado, a los fines legales consiguientes. El Procedimiento a seguirse es el Ordinario. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL N° 05,
DRA. LUZ VERONICA CAÑAS IZAGUIRRE
LA SECRETARIA DE GUARDIA,
ABOG. LUISANA LEON DIAZ