REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 29 de Septiembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2001-000720
ASUNTO : BP01-P-2001-000720

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada en fecha 28-02-2005, por el Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la cual decretó EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano: GREGORIEKS ALEXANDER PATTI ZAPATA, quien es venezolano, natural del Estado Monagas, nacido en la ciudad de Maturín, en fecha 18-04-79, de 25 años de edad, de profesión ù oficio Estudiante, hijo de YANELIA JOSEFINA ZAPATA y de JOSE GUIDO PATTI, de estado civil soltero, residenciado en Conjunto Residencial El Samàn, piso 7, apartamento C, Edificio Araguaney - Barcelona Edo. Anzoátegui y Titular de la Cédula de Identidad Nº. 14.542.162,; de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por Extinción de la acción penal, de conformidad con los artículos 45, 48 ordinal 7º y 324 del Código Orgánico Procesal Penal, cuyo efecto conforme al artículo 319 Ibidem, respecto al delito de ACTO CARNAL, previsto y sancionado en el artículo 379 del Código Penal. En consecuencia este Tribunal N° 01 de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano GREGORIEKS ALEXANDER PATTI ZAPATA, en relación a la presente causa. Ofíciese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores; igualmente remítase la presente causa en su forma original al Archivo Judicial de este Estado en su oportunidad legal, a los fines de su cuido y archivo.
Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado, Dr. JOSÉ LUIS AZUAJE, al Defensor de Confianza abogado RAMON BAJARES y al ciudadano GREGORIEKS ALEXANDER PATTI ZAPATA. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02,

DR. JOSE DELFIN CARRILLO GARCIA

LA SECRETARIA,

ABG. JENNIFER GOMEZ
JDCG/carmen