REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de septiembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BH01-M-2002-000042
Vista la Transacción consignada en el presente juicio de Cumplimiento de Contrato, en fecha 22 de Septiembre de 2.005, por la Compañía PRIMER DESARROLLO, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en fecha 27 de Junio de 1.997, bajo el N° 27, Tomo A-48, representada por su Director-Gerente, ciudadano ARÍSTIDES JOSÉ RODRÍGUEZ LEHMANN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.513.060, asistido por el Abogado en ejercicio HECTOR JESÚS RODRÍGUEZ BALLADARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 109.003, parte demandada en el presente juicio, por una parte; y por la otra los Abogados en ejercicio JESÚS ALBERTO BRACHO ACUÑA, HÉCTOR FIGUERA HERNÁNDEZ y GRACIELA SILVA DE BRACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-54.508, V-1.190.378 y V-3.670.954, e inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 540, 2.843 y 80.991, respectivamente, éste Tribunal, HOMOLOGA dicha TRANSACCIÓN judicial, en los mismos términos y condiciones por ellos expresados, ordenándose proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
EL JUEZ TEMPORAL.,
HENRY AGOBIAN VIETTRI.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
HAIDEE ROMERO FLORES.
HAV/jca.
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