REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, 28 de Septiembre del dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP02-S-2005-003324
Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por los ciudadanos MIGDALIA DEL VALLE ANDRADE DE CORREA, AURIMARY JOSÉ CORREA ANDRADE, MIGDALYS DEL VALLE CORREA ANDRADE, FERNANDO LUÍS CORREA ANDRADE y LUÍS FERNANDO CORREA ANDRADE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidades Nos 4.683.099, 8.287.458, 8.294.684, 14.617.792 y 17.733.359 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio Domingo Guzmán, venezolano, mayor de edad e inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 80.600, mediante la cual solicitan sean declarados Únicos y Universales Herederos del ciudadano Fernando Luís Correa Rojas, quien fue portador de la Cédula de Identidad No V- 4.688.913, fallecido ab-intestato en Barcelona, Municipio Bolívar del estado Anzoátegui, en fecha 11 de Junio del 2.005. Con vistas de los recaudos acompañados, consistentes en: Acta de Matrimonio, Acta de Defunción del ciudadano Fernando L. Correa Rojas y Partidas de Nacimientos de los solicitantes; y las declaraciones rendidas por las ciudadanas María Natividad Fuentes de Guzmán y Yulitza María Cañas Gutiérrez, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidades Nros. V- 4.683.765 y 8.279.512 respectivamente, quienes comparecieron por ante este Tribunal en fecha 23 de Septiembre del 2.005, manifestando bajo juramento que: Conocieron suficientemente al finado Fernando Correa de vista, trato y comunicación; Que saben y les consta que el difunto Fernando Correa, falleció en fecha 11 de Julio del 2.005; Que saben y les consta que el difunto Fernando Correa, falleció ab intestato; Que saben y les consta que el difunto Fernando Correa, para el momento de su muerte se encontraba casado con la señora Migdalia Andrade de Correa y que durante el matrimonio procrearon cuatro (4) hijos, y que son los Únicos y Universales Herederos del finado Fernando Correa; Que dan razón de los antes dicho porque conocen suficientemente a la familia Correa-Andrade.-
Este Tribunal, Declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los solicitantes Migdalia del V. Andrade de Correa, Aurimary Correa Andrade, Migdalys Correa Andrade, Fernando Correa Andrade y Luís Correa Andrade, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidades Nos. 4.683.099, 8.287.458, 8.294.684, 14.617.792 y 17.733.359 respectivamente, sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del “de cujus”, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.- Entréguense las presentes actuaciones originales a la parte interesada. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
EL JUEZ TEMPORAL
HENRY AGOBIAN VIETTRI
LA SECRETARIA TEMPORAL
HAIDEE ROMERO FLORES