REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de septiembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP02-V-2005-000785

Vista la Transacción suscrita en fecha 09 de Agosto de 2.005, entre el abogado Gonzalo Olivero Navarro, en su carácter de apoderado Judicial del Banco Mercantil C.A, parte demandante y los ciudadanos Jesús Bautista Barrios Maza y Yanet Valderrey de Barrios, en su carácter de parte demandada, asistidos por la Abogada Elena Josefina Paruta Fajardo, en el presente juicio por EJECUCION DE HIPOTECA, la cual corre inserta a los folios Nos. 32 al 34, el Tribunal por cuanto dicha TRANSACCIÓN no es contraria a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones suscrito por ellos, Así se decide .- Líbrese oficio.-
LA JUEZ PROV.,

DRA. IDA TINEO DE MATA

LA SECRETARIA.,

ABG. MIRLA MATA ROJAS