REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de septiembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP02-V-2005-000420

Vista la diligencia que antecede, suscrita en fecha 26 de Julio de 2.005, suscrita por la ciudadana ZULLY RODRIGUEZ CHARMELO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.902.287, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARELVIS AZOCAR RIJO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 76.316, en donde desiste del presente procedimiento por NULIDAD DE VENTA CON PACTO DE RETRACTO, incoada en contra del ciudadano ARNOLDO RAFAEL LARA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.469.922, el Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO.- Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.- Asimismo se acuerda la devolución de los recaudos originales que cursan en los folios 07 al 19, previa su certificación en auto y así se decide.-
El Juez Temporal.,

Dr. Luis Alberto Rivas Silva.-
La Secretaria.,

Abg. Doris Rojas de Nadales.-

LARS/kgs