REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintidós de septiembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP12-S-2005-001911

Vista la solicitud presentada por el ciudadano ELIO PAÚL SANCHEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.469.580, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Urbanización Los Chaguaramos de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simún Rodríguez del estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno Municipal, que mide CIENTO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (187 MTS 2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Casa que es o fue de la señora Lesbia Castillo, midiendo once metros; SUR: Av. principal de los Chaguaramos, que es su frente, midiendo once metros; ESTE: Casa que es o fue de la señora Miriam Salazar, midiendo diecisiete metros y OESTE: Casa que es o fue del señor Julio Seijas, midiendo diecisiete metros. Dichas bienhechurías consisten en una casa en proceso de construcción de dos (2) plantas, paredes de bloque de cemento, piso de cemento y techo de platabanda, entre sus características principales. El valor invertido es la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (10.000.000), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano Elio Paúl Sánchez ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez Temporal


Abg. Elaina Gamardo Ledezma


La Secretaria

Marianela Quijada Estaba
Se devuelve constante de seis (6) folio útiles originales con sus resultas al interesado.-
La Secretaria