REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintinueve de septiembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-001746
Vista la anterior solicitud presentada por los ciudadanos DORA GUZMAN DE ROJAS, MONICO ANASTACIO ROJAS GUZMAN, YAMILA JOSEFINA ROJAS GUZMAN, MIGUEL ANGEL ROJAS GUZMAN y JULIO CESAR ROJAS GUZMAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números: V-4.914.675, 8.462.933, 8.476.917, 8.476.916 y 10.060.923 respectivamente y domiciliaos en ésta Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, actuando en representación de sus acciones, derechos e intereses; asimismo vistos los recaudos acompañados y cumplidos los requisitos ordenados en auto de fecha 22 de junio de 2.005, así como las declaraciones de los testigos hábiles, mediante las cuales corroboradamente afirman tener conocimiento sobre los particulares de la solicitud, el Tribunal dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos DORA F. GUZMAN DE ROJAS, MONICO ANASTACIO ROJAS GUZMAN, YAMILA JOSEFINA ROJAS GUZMAN, MIGUEL ANGEL ROJAS GUZMAN y JULUIO CESAR ROJAS GUZMAN del fallecido ciudadano ANASTACIO ROJAS WETTEL , fallecida ab-intestado en fecha 28 DE Diciembre de 2.004 en el Hospital General de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.- Y asÍ se acuerda.-
LA JUEZ TEMPORAL.,
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA