Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiocho de septiembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BH12-A-2004-000001
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
DEMANDANTE: MORELIA DE RAYDAN y OSCAR RAYDAN GARCIA.
DEMANDADOS: REZEK AISSAMI, ZUHAIRA AISSAMI, RINA MOURA
AISSAMI y NASSER AISSAMI.
MOTIVO: QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO (AGRARIO).
Por cuanto desde el ultimo acto de procedimiento realizado en este expediente, hasta la presente fecha ha transcurrido mas de un (1) año, sin que ninguna de las partes haya instado el procedimiento, se declara la Perención de la Instancia conforme a lo dispuesto en el artículo 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.
En virtud de los razonamientos anteriores expuestos, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA por haber ocurrido la perención en el presente asunto. De conformidad con lo establecido en el artículo 285 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la sala despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario del Tránsito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre a los veintiocho (28) días del mes de septiembre del año dos mil cinco. Años: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,
ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ.
LA SECRETARIA,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ.
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las once de la mañana y se agregó al expediente Nº: BH12-A-2004-000001.
LA SECRETARIA,
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