ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: BP02-S-2005-002593.
PARTE ACTORA: NEILA ANTONIA VALERA ANTEQUERA.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DESCONOCIDOS.
PARTE DEMANDADA: C.A, HIDROLOGÍCA DEL CARIBE.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: BENIGNO ANTONIO DIAZ RAMIREZ.
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS.

En el día hábil de hoy veintiuno de septiembre de dos mil cinco, siendo las 9:00 A.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, que por SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS que interpusiere la ciudadana NEILA ANTONIA VALERA ANTEQUERA, en contra de la sociedad mercantil C.A HIDROLOGICA DEL CARIBE (HIDROCARIBE); se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, aún cuando el ciudadano alguacil procedió a realizar el llamado de ley a las partes involucradas en la presente causa, solo compareciendo la representación judicial de la demandada abogado en ejercicio BENIGNO ANTONIO DIAZ RAMIREZ, INPREABOGADO Nº 43.615, según se evidencia de instrumento Poder autenticado por ante la Notaría Pública Primera de Puerto La Cruz del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, en fecha 03-08-1999, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPÍA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195 °.
La Juez

Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,


Abg. Evelin Lara.

El Compareciente,


Seguidamente y en esta misma fecha, siendo las 9:30, a.m., se publico la anterior decisión, dándose cumplimiento a lo ordenado. Conste:


La Secretaria,


MJCG/EL.-