ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2005-000687.
PARTE ACTORA: FLOR MARIA GABIRIA.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: BEATRIZ RANGEL y JUANA PEREZ. “No asistieron”
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES Y MONTAJES URIMAN, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: REINALDO JOSE CHALBAUD BRAVO y JAVIER UNDA UNDA.
MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL.
En el día hábil de hoy veintiséis de septiembre de dos mil cinco, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, que por ENFERMEDAD PROFESIONAL, interpusiere la ciudadana FLOR MARIA GABIRIA, en contra de la sociedad mercantil COSNTRUCCIONES Y MONTAJES URIMAN, S.A.; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, aún cuando el ciudadano Alguacil procedió a realzar el llamado de Ley a las partes involucradas en al presente causa, solo compareciendo la parte demandada CONSTRUCCIONES Y MONTAJES URIMAN, S.A., a través de su representante y apoderados judiciales, ciudadano GUSTAVO O. ESTRADA RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.977.904, en su condición de Gerente de Recursos Humanos de la referida sociedad mercantil y los abogados en ejercicio REINALDO JOSE CHALBAUD BRAVO y JAVIER UNDA UNDA, INPREABOGADO Nos. 23.620 y 58.126, respectivamente, según se evidencia de instrumento Poder autenticado por ante la Notaría Pública Sexta del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 25 de agosto de 2005, anotado bajo el Nº 32, Tomo 49, de los libros llevados por esa oficina, instrumento el cual consigna en este acto, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPÍA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195 °.
La Juez
Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,
Abg. Evelin Lara García.
Los Comparecientes,
Seguidamente y en esta fecha de hoy, se publico la anterior decisión, siendo las 09:18, a.m., dándose cumplimiento a lo ordenado. Conste:
La Secretaria,
MJCG/ELG.-
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