REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de septiembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2005-003317
Por recibida la Solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS procedente del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, propuesta por la ciudadana ANA DEL VALLE MAMMINA VIVENES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.029.448, de este domicilio, en representación de su hijo el adolescente CLAUDIO JOSE CAMAIONI, de diecisiete (17) años de edad y debidamente asistida por la Abogada YOLANDA KARINA GRUBER, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°87.783. En consecuencia désele entrada y admítase.- La Suscrita Juez de este Tribunal Dra. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN, se AVOCA al conocimiento de la presente solicitud. Tómese la declaración a los testigos que presentare la interesada, así mismo se acuerda notificar a la Fiscal Undécima del Ministerio Público de este estado.- Librese Boleta de Notificación.-
LA JUEZ UNIPERSONAL SALA DE JUICIO N° 01,
DRA. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN.
LA SECRETARIA.-
ABG. ODALIS MARIN MAITAN