REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiséis de septiembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP02-V-2005-001138
Por recibida la presente solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, propuesta por la ciudadana LAURA DEL CARMEN PANACUAL, actuando en representación de su hijo el adolescente XXXXXXXXXXXXX, debidamente asistida por la Defensora Pública de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, Abogada ALCIRA HERRERA, junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constante de (01) folios útil y seis (06) anexos.- Désele entrada y anótese en los libros respectivos.- Esta Sala de Juicio la admite cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Cuarto, literal “f”. Librese boleta de notificación a la Fiscal Décima Tercera del Ministerio Publico del Estado Anzoátegui. Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL. Nº 01

DRA. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN



LA SECRETARIA,

Abg. ODALIS MARIN MAITAN