REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de septiembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BH06-Z-2001-000194
Definitivamente firme como ha quedado la presente Sentencia por Pensión de Alimentos, ésta Sala de Juicio N° 01, decreta su ejecución, en consecuencia se acuerda hacer entrega de las copias certificadas de la misma, y librar oficio a la Dirección de Educación de la Gobernación del Estado Anzoátegui, a los fines de informarle sobre las medidas decretadas: 1.) En consecuencia se le acuerda fijar como obligación alimentaría al ciudadano ALBERTO JOSÉ REQUENA JIMENEZ. La cantidad de OCHENTA Y UN MIL BOLIVARES (Bs. 81.000,00) MENSUALES los cuales representan el veinte por ciento (20%) del Salario Mínimo Urbano Mensual; en el mes de Septiembre cancelara un cantidad adicional sobre este mismo monto para cubrir gastos relativos a ropas y útiles escolares y propios del inicio del año escolar y en el mes de diciembre se le fija Medio Salario (1/2) Mínimo Urbano Mensual para cubrir los gastos por festividades decembrinas. Esta obligación alimentaría aumentara en tanto y en cuanto aumenten los ingresos del padre y las necesidades del niño, teniendo como base la tasa inflacionaria del Banco Central de Venezuela y los demás gastos, tales como: médicos, medicinas, atención odontológica, recreación, etc.; serán cubiertas por ambos padres. Dichas cantidades serán depositadas en la Cuenta de Ahorros signada bajo el N° 01-051-030858-7, la cual se encuentra aperturada ante el Banco Industrial de Venezuela a nombre del niño ANTONY JOSÉ REQUENA LOZANO, y se acuerda que el padre desde la fecha en que quede firme la presente Sentencia, comience a depositar puntualmente lo aquí acordado. Librese oficio. Se ordena el Cierre del presente Expediente. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL. SALA N° 01.
Dra. GLADYS SANCHEZ de GUZMAN.
LA SECRETARIA,
Abg. ODALIS MARIN MAITAN