Vista la diligencia de fecha 29 de marzo de 2006, suscrita por la Abogada Lieska Boadas de González, actuando con el carácter de Síndico Procurador Municipal del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, mediante la cual consigna escrito contentivo del acuerdo alcanzado entre las partes en este juicio; este Juzgado Superior HOMOLOGA la transacción celebrada entre las partes, por no ser contraria a derecho. En consecuencia, ordena la remisión del presente expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los fines consiguientes. Remítanse los autos al Juez de la causa. Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada. (Expediente signado con el Nº BP02-R-2003-000354).
El Juez Provisorio,

Abog. Antonio Marcano Campos.
La Secretaria,


Abog. Mariela Trías Zerpa.