REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 20 de abril de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-012856
ASUNTO : BP01-S-2004-012856
Vista la solicitud presentada por la Dra. BLANCA GUEVARA OROPEZA, en su carácter de Fiscal Vigésima Tercera del Ministerio Público de éste Estado, mediante la cual pide a éste Despacho se decrete el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano JESUS UVAL PEÑA, titular de la cédula de identidad número 9.265.934, por el delito de Lesiones Culposas a consecuencia de Accidente de Tránsito, cometido en perjuicio de CESAR DAVID REBANALES ITRIAGO; todo de conformidad con lo pautado en el numeral 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; éste Tribunal de Control Nro. 04 para decidir observa:
Se inició la investigación penal previo accidente de tránsito, tipo colisión entre vehículos con lesionado, ocurrido el 29-08-04, en la avenida intercomunal, Andrés bello, Semáforo de Tronconal III, donde se vieron involucrados los vehículos palcas AVW-738 y BCB-622, conducido por los ciudadanos JESUS UVAL PEÑA y CESAR DAVID REBANALES ITRIAGO, resultando lesionado el último de los nombrados; sin embargo, no consta en autos Reconocimiento Médico Legal Forense, correspondiente a la mencionada victima, mediante la cual se diagnostiquen las características de las lesiones; así como tampoco el tiempo de curación e incapacidad para entregarse a sus ocupaciones habituales; ni el carácter de las Lesiones; por lo que a criterio de ésta Instancia Penal, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación; no habiendo bases para que el Ministerio Público solicite el enjuiciamiento del imputado de autos, lo ajustado a derecho es decretar el Sobreseimiento de la causa conforme al artículo 318, numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal; declarándose así con lugar la solicitud Fiscal y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control Nro. 04, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Con Lugar la solicitud presentada por la Dra. BLANCA GUEVARA OROPEZA, en su carácter de Fiscal Vigésima Tercera del Ministerio Público de éste Estado; en consecuencia, se decreta el Sobreseimiento de la causa conforme al artículo 318, numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano JESUS UVAL PEÑA, titular de la cédula de identidad número 9.265.934, por el delito de Lesiones Culposas a consecuencia de Accidente de Tránsito, cometido en perjuicio de CESAR DAVID REBANALES ITRIAGO; decisión ésta que una vez definitivamente firme, pondrá término al procedimiento, con el carácter de Cosa Juzgada, haciendo cesar todas las Medidas de Coerción que hubieren sido dictadas. Regístrese. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ DE CONTROL Nro: 04.
Dr. JOSE FRANCISCO MOLINA.
LA SECRETARIA.
Abg. JENNIFER GOMEZ.