REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 18 de Abril de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2005-003070
ASUNTO : BP01-P-2005-003070
Realizada como fue en fecha 05/04/2006, la Audiencia Oral para oir los Argumentos de las partes involucradas con relación a la Solicitud de Entrega del Vehículo PLACA: 760-BAG, SERIAL DE CARROCERIA: CCD14AV208544, SERIAL DEL MOTOR: CAV208544, MARCA: CHEVROLET, AÑO: 1.980, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK-UP, USO: CARGA, que formulara la Ciudadana LUISA ELENA RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 4.218.130, por otra parte el Ciudadano TARRAFF HADDAD KAFROUNI, titular de la Cédula de Identidad N° 8.801.889, del Vehículo TIPO CAMIONETA: dic-UP, AÑO 85, PLACAS 77N-RAB, SERIAL DE MOTOR TFV203928; SERIAL DE CARROCERIA: DCC41TFV203928, MODELO C-10, SILVERADO, COLOR VINO TINTO y GRIS, USO CARGA, cuyas características actuales son las descritas por el primer solicitante, es decir PLACA: 760-BAG, SERIAL DE CARROCERIA: CCD14AV208544, SERIAL DEL MOTOR: CAV208544, MARCA: CHEVROLET, AÑO: 1.980, COLOR: BLANCO y VINO TINTO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK-UP, USO: CARGA.
Este Tribunal de Control a los fines de decidir observa:
Riela al folio 4 del 16/06/2004, Boleta de Notificación Fiscal, que niega la Entrega del Vehículo Solicitado por la Ciudadana LUISA ELENA RODRIGUEZ: “Experticia N° 515 del la Guardia Nacional que dice: Los estudios técnicos concluyen que el Serial de Carrocería está suplantado; serial de Motor es Falso…la Placa Matricula: es Original…Asimismo se solicitó información al SICODA sobre los Seriales que posee el Vehículo, Serial de Carrocería CCD14AV208544, Serial de Motor 4AV208544, y Placas-Matrículas 760-BAG, informando que el operador que registra el sistema SETRA, y NO POSEE REQUERIMIENTO POLICIAL”. (experticia Original (F122).
RIELA AL FOLIO 10 Certificado de Registro de Vehículo N° 23223073, a Nombre del Ciudadano HERIBERTO JOSE MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 11.568.898, DE FECHA 19/03/2004, DEL Vehículo MARCA CHEVROLET, dic UP, SERIAL DE CARROCERIA CCD14AV208544, SERIAL DE MOTOR CAV208544, COLOR BLANCO, AÑO 1980, PLACAS 760-BAG.
Riela al folio 8, Copia fotostática emanada de la Notaría Pública de Barcelona, de fecha 04/02/2004, que se extrae del asiento gecho en fecha 30/08/1996, n° 56, folio 127, del Libro de Autenticaciones llevados por esa Notaría, firmado por la Notario ANA GUEVARA ROJAS, en la cual consta lo siguiente:
CERTIFICADO DE DATOS
C.I: 1.156.898
NOMBRE ERIBERTO MARTINEZ
DATOS DEL VEHICULO:
PLACAS: 760-BAG
SERIAL DE CARROCERIA CCD14AV208544
SERIAL DE MOTOR CAV208544
CLASE CAMIONETA
COLOR: BLANCO
TIPO: PICK –UP
AÑO: 80
USO: CARGA
Y al pié de la firma del Notario Público de ese entonces DR. LUIS SIMON JIMENEZ.
Riela al folio 21, fotocopia de Documento de Venta Púra y simple, perfecta e irrevocable que le hace al Ciudadano ERIBERTO MARTINEZ, C.I 1.156.898 a la Ciudadana LUISA ELENA GARCIA RODRIGUEZ, del Vehículo PLACA: 760-BAG, SERIAL DE CARROCERIA: CCD14AV208544, SERIAL DEL MOTOR: CAV208544, MARCA: CHEVROLET, AÑO: 1.980, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK-UP, USO: CARGA; MODELO C-10.
Riela al folio 67, Certificado de Registro de Vehículo 3077984, de fecha 31/01/2001, anombre de HADDAD KAFROUNI TARRAF, C.I. N° 8.801.889, PROPIETARIO DEL Vehículo MARCA CHEVROLET, Serial de Carrocería DCC417FV203928; SERIAL DE MOTOR TFV203928, MODELO C-10, SILVERADO, AÑO, AÑO 85, VINO-TINTO Y GRIS, CAMIONETA PICK-UP, USO CARGA.

Riela en el folio 60, Experticia de fecha 30-05-2005, emanada del cuerpo de Investigaciones, Científicas Penales y Criminlísticas, que en Síntesis expresa:
“02, el Vehículo, presenta Alfa-Numérico CCD14AV208544, troquelado en el chasis y se determina Falso, por cuanto el Área Examinada presenta signos físicos de devastación con un objeto cortante (lima esmeril) que tuvo como finalidad Borrar el Serial Original y en este espacio estampar el serial existente en un troquel que difiere del utilizado por la planta productora”
Riela al folio 102, Entrevista rendida en el CICPC, de Barcelona, por el Ciudadano HADDAD KAFRANI WADIHA, C.I N° 12.897.155, en fecha 24/10/2004, en virtud de la cual expresa: “Comparezco por ante este Despacho con la finalidad de que sujetos desconocidos lograron hurtarme el vehículo MARCA CHEVROLETH, MODELO SILVERADO, COLOR VINO TINTO, Y CRIS, PLACAS 77N-RAB, AÑO 85, TIPO PICK UP, CAMIONETA, SERIAL DE MOTOR V2039928, SERIAL DE CARROCERIA DCC41TFV203928.
Este Juzgador una vez analizadas los Argumentos esgrimidos por las partes, aprecia lo siguiente:
No queda duda de que la presente solicitud los mismos se inclinan a favorecer a la solicitante LUISA ELENA GARCIA, por cuanto las características que aporta el otro reclamante para apoyar su solicitud de manera alguna, lleva a este Tribunal a convencerse de la Propiedad o posesión histórica del bien y de ello se desprende de las Características del Vehículo Solicitado por el Ciudadano HADDAD KAFROUNI; los cuales son distintos al Vehículo solicitado por la Ciudadana HADADD KAFROUNI; los cuales son distintos al Vehículo solicitado por la Solicitante LUISA ELENA GARCIA siendo el único rasgo común una raya Vino-tinto, pero es que no es elemento de convicción crucial, ya que las Experticias realizadas tanto por el CICPC, como por la Guardia Nacional, se refieren a las Características del vehículo cuyo supuesto propietario es la Ciudadana LUISA ELENA GARCÍA, con una traducción, demostrada en autos, de casi 10 años de posesión; aunado a los documentos que respaldan esta condición, siendo estas Características VEHICULO PLACA: 760-BAG, SERIAL DE CARROCERIA: CCD14AV208544, SERIAL DEL MOTOR: CAV208544, MARCA: CHEVROLET, AÑO: 1.980, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK-UP, USO: CARGA, los cuales son concidentes con las señaladas por esta Ciudadana. Por lo que, no le queda a este Tribunal de Control otra alternativa que ordenar la Entrega en Calidad de Guarda y Custodia y así se decide.
RESOLUCION:
Este Tribunal de Control Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley ACUERDA LA ENTREGA en Calidad de Guarda y Custodia a la Ciudadana LUISA ELENA GARCIA RODRIGUEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° 4.218.130, en la expresa Prohibición de Enajenarlo y Gravarlo, del Vehículo PLACA: 760-BAG, SERIAL DE CARROCERIA: CCD14AV208544, SERIAL DEL MOTOR: CAV208544, MARCA: CHEVROLET, AÑO: 1.980, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK-UP, USO: CARGA, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Líbrese Oficio al Estacionamiento el Crucero. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 07
DR., JOSE LUIS ARRIOJAS
EL SECRETARIO
ABOG. CRUZ BASTARDO