REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 5 de Abril de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2001-000034
ASUNTO : BP01-P-2001-000034
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada en fecha 30-05-2005, por el Tribunal de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la cual Decreta Sentencia Absolutoria de la causa a favor del ciudadano DAVID ALEXIS SANCHEZ, por la comisión del delito de VIOLACION EN GRADO DE CONTINUIDAD, previsto y sancionado en el artículo 375 ordinal 2°, en relación con el artículo 99, ambos del Código Penal.
En consecuencia este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA LA SENTENCIA ABSOLUTORIA, dictada en la causa seguida al ciudadano DAVID ALEXIS SANCHEZ, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, fecha de nacimiento 5 de Julio de 1959, de 45 años de edad, estado civil casado, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.221.759, hijo de Santiago Ruiz y Beatriz Sánchez, de profesión conductor, domiciliado en la calle 18 de Octubre, casa Nº 18, sector Manzana 20, La Ponderosa, Barcelona, Estado Anzoátegui.
Ofíciese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, a la División del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, (SIPOL), Delegación Caracas, a objeto de que eliminen las posibles solicitudes de captura que pesen sobre los mencionados ciudadanos. Igualmente remítase la presente causa en su forma original a los archivos judicial del Estado, a los fines de su cuido y archivo. Notifíquese al Fiscal de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado, DR. JOSE LUIS AZUAJE, DR. REINALDO RODRIGUEZ MARCANO, abogado en ejercicio y al ciudadano DAVID ALEXIS SANCHEZ. Cúmplase.-
EL JUEZ DE EJECUCIÓN N° 1
DRA. FREYA RODRIGUEZ DE LOPEZ
LA SECRETARIA
ABOG. FRANCIS SANCHEZ
FRdeL/datsy