REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 21 de abril de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2006-000681
ASUNTO: BP01-P-2006-000681

Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en fecha 13-02-2006, mediante la cual DECRETO EL SOBRESIMIENTO DE LA CAUSA, en la causa seguida a funcionarios adscrito al Destacamento N° 75 de la Guardia Nacional y funcionarios adscrito a la Zona Policial N° 03, por la comisión de uno de los delitos de LESIONES PERSONALES, cometido en perjuicio de los ciudadanos ALIRIO BARRERA, VICTOR LEDEZMA, ANGEL ATENCIO, PEDRO ACEVEDO MACHADO, RAFAEL LOZADA, JESUS B. FAMA, ALEXANDER MENDOZA, PEDRO IGUALGUANA, MERARDO MENDEZ, EULISES SANCHEZ, ORLANDO SULBARAN, WILLIANS GUAIMACUTO, LORENA MENDOZA, LILIAN MENDEZ, OSCARINA MEDINA, YUSPARI PERO, LIOMAIRA JARAMILLO, ANA ZAMORA, LUISA BARBOZA, YUSBER HURTADO y YULI MENDOZA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA IMEDIATA EJECUCION DEL SOBRESEIMIENTO DICTADO EN LA PRESENTE CAUSA, seguida a funcionarios adscrito al Destacamento N° 75 de la Guardia Nacional y funcionarios adscrito a la Zona Policial N° 03, por la comisión de uno de los delitos de LESIONES PERSONALES.-
Líbrese oficio al Jefe de la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia Caracas y al Director de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, a objeto de que elimine las solicitudes de captura que existan en la presente causa.-
Notifíquese al Fiscal de Ejecución y Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Dr. JOSÉ LUIS AZUAJE BENÍTEZ.
Remítase la presente causa en su forma original al Jefe del Archivo Judicial, a los fines de su cuido y archivo. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02.
DRA. YDANIE ALMEIDA GUEVARA
LA SECRETARIA.,
ABG. LUISANA LEON DIAZ
YAG/ldatsy.-