REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de abril de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO : BP02-V-2005-000927
Vista la TRANSACCION, de fecha 14 de marzo de 2006, presentado por los ciudadanos CAMIL AYACHE EZZEDINE y SALAM NOUEIHED DE AYACHE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.462.628 y 8.250.167, en su carácter de parte demandada, asistidos por el abogado en ejercicio Omar El Souki El Souki, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.499 y por la parte actora la abogada en ejercicio MARIA GABRIELA FERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 83.331, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, éste Tribunal, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, en la mismos términos y condiciones por ellos expresadas, ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Se suspende la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Tribunal en fecha 20 de enero de 2006, para lo cual se ordena oficiar al Registro Subalterno del Municipio Diego bautista Urbaneja, asimismo, se ordena expedir por secretaría sendos juegos de copias certificadas, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del presente expediente.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL.,
Dr.. JOSE CAMPOS CARVAJAL.
LA SECRETARIA,
Abg. JORGYMAR PUMAR DE PINEDA.
Nota: Se requieren fotostatos para proveer. Conste.-
La Secretaria,
JCC/jpdp/ah.-
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