REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de abril de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-S-2006-001905



Vista la anterior solicitud de Título de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana YAJAIRA DEL VALLE BARRETO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.4.905.361, de este domicilio, asistida del abogado LUIS ALFREDO ROJAS ROJAS, inscrito en el Inpreabogado con el N°.23.716; mediante la cual solicita que tanto ella como los ciudadanos BELKIS TERESA, LISBETH JOSEFINA, Y YAJAIRA DEL VALLE BARRETO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°.8.210.672, 4.905.362, Y 4.905.361, respectivamente, sean declarados ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus ANA DOLORES BARRETO LÓPEZ, quien fuera venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 1.196.771 y falleció ab-intestato en Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, el día 02 de septiembre del 2.004, y vistas asimismo las declaraciones contestes rendidas por los ciudadanas MARINELLY SOSA SOSA Y RUSMARY SEIJAS REBOLLEDO, identificadas en autos; quienes declararon por ante este Juzgado y por cuanto no ha habido impedimentos de terceros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus ANA DOLORES BARRETO LÓPEZ, a sus hijos , anteriormente identificados, dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase original y demás actuaciones a la interesada y déjese copia certificada del presente auto, a fines de su archivo y nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal. Asimismo expídase por Secretaría las copias certificadas solicitadas y entréguese al interesado.
LA JUEZ,




DRA. IDA TINEO DE MATA.
LA SECRETARIA,




DRA. MIRLA MATA ROJAS.