REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de abril de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO : BP02-S-2006-001731



Vista la anterior solicitud de Título de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por el ciudadano JUAN EDGARDO MEJÍAS BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.4.905.622, actuando en su propio nombre y en representación de su madre y hermanos, ciudadanos ROSALINA BARRIOS DE MEJÍAS, IVIS MARÍA, IBELISE DEL CARMEN, LUIS ENRIQUE Y JOSÉ GREGORIO MEJÍAS BARRIOS, viuda la primera y solteros los restantes; venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°s. 485.588, 5.490.677, 8.215.325, 8.208.026, 8.243.477, respectivamente, asistido de la abogada DEL VALLE NARVÁEZ FRANCIS, inscrita en el Inpreabogado con el N°.113.652; mediante la cual solicita que tanto él como su madre y hermanos, anteriormente identificados, sean declarados ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JUAN DE LA CRUZ MEJÍAS NÚÑEZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 558.925 y falleció ab-intestato en Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, el día 10 de diciembre del 2.005, y vistas asimismo las declaraciones contestes rendidas por las ciudadanas NURYS JOSEFINA BANDEZ Y ANEICA FLORIMAR HERNÁNDEZ, identificadas en autos; quienes declararon por ante este Juzgado y por cuanto no ha habido impedimentos de terceros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JUAN DE LA CRUZ MEJÍAS NÚÑEZ, a su viuda e hijos , anteriormente identificados, dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase original y demás actuaciones a la interesada y déjese copia certificada del presente auto, a fines de su archivo y nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.
LA JUEZ,




DRA. IDA TINEO DE MATA.
LA SECRETARIA,




ABG. MIRLA MATA ROJAS.