REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco de abril de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO : BP02-F-2006-000069
Visto el escrito de solicitud de Homologación de Partición y Liquidación de Bienes de la Comunidad Conyugal presentado por los ciudadanos MARTIN DE JESUS LAMOUTTE CONDE y ARAIDES DEL VALLE TRIANA GUAINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.716.908 y 5.491.549, respectivamente, asistidos por el abogado REYES TERESA CALZADILLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.194, y visto asimismo los recaudos consignados, el Tribunal admite la presente solicitud de Homologación de Partición y Liquidación de Bienes de la Comunidad Conyugal presentado por los ciudadanos MARTIN DE JESUS LAMOUTTE CONDE y ARAIDES DEL VALLE TRIANA GUAINA, cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley.- Asimismo este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela HOMOLOGA la Partición y Liquidación de bienes de la Comunidad Conyugal, en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y conforme a la ley.- Se ordena devolver original de recaudos solicitado previa su certificación en autos.-
LA JUEZ PROV.,

DRA. IDA TINEO DE MATA. LA SECRETARIA,

ABG. MIRLA MATA ROJAS.
NOTA: Se solicitan copias fotostáticas para proveer.- Conste,
LA SECRETARIA,

ABG. MIRLA MATA ROJAS.