REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de abril de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO : BP02-V-2005-000174


Vista la anterior diligencia de fecha 03 de Febrero de 2006, presentada por la abogada LISBETH FIGUERA CUMANA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, mediante la cual solicita la citación por carteles de la parte demandada, este Tribunal a los fines de proveer observa:
En fecha 17 de Octubre de 2005, la citada abogada y señalo la dirección de los demandados, a los fines de agotar la citación personal de la misma, a tal efecto este Tribunal por auto de fecha 31 de Octubre de 2005, ordenó desglosar la compulsa y entregarla al Alguacil de este Tribunal, a los fines de lo requerido.-
Ahora bien, en autos no consta resulta alguna de haberse agotado la citación personal de la empresa demandada, en tal sentido y en virtud de no haberse cumplido la formalidad antes indicada, este Tribunal niega la citación por carteles solicitada.- Así se decide.-
LA JUEZ PROV.,


DRA. IDA TINEO DE MATA.

LA SECRETARIA,


ABG. MIRLA MATA ROJAS.