REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de abril de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BP02-C-2006-000128

Por recibido la presente comisión, proveniente de la Dirección General de Justicia y Cultos, del Ministerio de Interior y Justicia, con oficio N° 0194, de fecha 26 de Enero de 2.006, mediante la cual remite a su vez Comisión Rogatoria N° 3264/05 procedente del Juzgado de Primera Instancia N° 2de Santa Cruz de la Palmas, Santa Cruz de Tenerife, este Tribunal le da entrada y por cuanto se observa que el presente exhorto esta dirigido a la Autoridad Judicial que corresponda de San José de Guanipa – El Tigrito – Estado Anzoátegui, y por cuanto este Tribunal no tiene competencia en esa jurisdicción, es por lo que se DECLARA INCOMPETENTE, para tramitar la presente comisión.
En consecuencia, por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA SU COMPETENCIA para conocer del presente exhorto, en razón del territorio, en el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre, que corresponda por Distribución. Remítase el expediente al Tribunal competente. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
La Juez Suplente Especial;

Dra. Helen Palacio García
La Secretaria Acc;


Abg. Marieugelys García Capella