REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinte de abril de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP12-S-2006-000835
Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARIA BERMUDEZ DE FERMIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.510.563, domiciliada en la Urbanización Las Tinajas Country Club, Casa Nº 22 (Sector Carretera Vieja) de la ciudad de Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, asistida por la abogada, ANA FRANCO inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.241, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre un VEHICULO con las siguientes características: Clase: Automóvil, Tipo: Sedan, Uso: Particular, Marca: Daewoo, Modelo: Lanos SE 1.5 Sincrónico, Año: 1.998, Color: Vino Tinto, Serial de Motor: A15SMS152614B, Serial de Carrocería: KLATF69YEWB194254, Capacidad: 5 Puestos.- El valor invertido es la cantidad de CUATRO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS QUINCE BOLIVARES (4.567.215,oo) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos ciudadanos HENRY JOSÉ MATA MATA y NAHIR AMELIA NATERA, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE VEHICULO que ejerce la ciudadana MARIA BERMUDEZ DE FERMIN , ya identificada en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA
Se devuelven constante once (11) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA