REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, tres de abril de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO: BP12-S-2006-000638
Vista la anterior solicitud de Únicos y Universales Herederos y los anexos que le acompañan, formulada por la ciudadana MARIA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad Nº 4.911.829, y de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 6726 y de este domicilio, mediante la cual solicita sea declarados Únicos y Universales Herederos del difunto, ciudadano FELIX GUALBERTO GALINDO MARTINEZ, fallecido Ab-intestato el 09 de septiembre del año dos mil cinco (2005).-
Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos, ciudadanos Pedro Antonio Marcano Hernández y William Ernesto Rivillo Herrera, plenamente identificados en las declaraciones, quienes declararon por ante este Tribunal en fecha 30/03/2006, los cuales quedaron contestes en afirmar los dichos de la solicitante, es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes para asegurarles sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del “de cujus” FELIX GUALBERTO GALINDO MARTINEZ, a la ciudadana MARIA SALAZAR, en su condición de Cónyuge y/a sus hijos ARGENIS JOSE, ANIBAL, LUIS ALFONZO, YUDMILA JOSEFINA, ALBERTO JOSE, YOLEIDA MARIA, YELITZA MARLENE y MARIA EUGENIA GALINDO ZALAZAR, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados .- Así se decide .-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA