REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR Y DIEGO BAUTISTA URBANEJA

En el día de hoy, Martes dieciocho (18) de Abril de Dos Mil Seis, siendo las diez y treinta minutos de la mañana dado como esta mediante auto de fecha 11 de Abril, cursante al folio siete (07) de estas actuaciones, previa habilitación del tiempo necesario para ello, a solicitud de la parte actora, se trasladó el Juez Suplente Especial Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Abg. JORGE LUIS PUENTES TORRES, y su Secretario Sr. PABLO EMILIO CORNIELES CASTILLO, en compañía de la Abogada en ejercicio MARISELA MILLAN, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 30.878, actuando con el carácter que tiene acreditado en autos, con la finalidad de realizar INVENTARIO DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL de los ciudadanos JASSMIN DEL VALLE VELASQUEZ RIVAS Y ALEJANDRO JOSE GAFANAHAO MARQUEZ, tal como fue ordenado por el Tribunal de Protección del Niño y el Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui sala de juicio Nro. 01. Juez Suplente Especial Nro.1., con motivo del procedimiento de DIVORCIO, incoado por la ciudadana JASSMIN DEL VALLE VELASQUEZ RIVAS en contra del ciudadano ALEJANDRO JOSE GAFANAHAO MARQUEZ, medida ésta que recaerá sobre los bienes propiedad de la Comunidad Conyugal de los ciudadanos antes mencionados. El Tribunal con las facultades conferidas, a solicitud de la parte actora y a fin de dar cumplimiento a la presente comisión nombra como Perito al ciudadano RIGOBERTO ALCALA GUACUTO mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.979.625, Perito debidamente inscrito en la Asociación de Evaluadores de Oriente bajo el Nro. 093, y de este domicilio, quien estando presente acepto el cargo de perito práctico y prestó el juramento de Ley, obligándose a cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al mismo y los que la Ley le impone. Y a tal efecto el Tribunal se constituye en la siguiente dirección: Av. Intercomunal Centro Comercial Dadaven, piso1, local Nro 7, Barcelona Estado Anzoátegui. Seguidamente El Juez Suplente Especial Primero Ejecutor de medidas Jorge Luís Puentes Torres, una vez constituido en dicho sitio fue atendido por una persona que dijo ser y llamarse AURELIO ANASTACIO GAFANAHAO, mayor de edad, de nacionalidad Portuguesa, y titular de la Cédula de Identidad Nro. E-029.636, en su condición de padre del propietario del local, el demandado ciudadano ALEJANDRO JOSE GAFANAHAO MARQUEZ, a quien el Juez notifica de la medida a practicarse en este acto la cual consiste en realizar un Inventario de bienes de la comunidad conyugal de los ciudadanos antes mencionados. En este estado interviene el notificado ciudadano AURELIO ANASTACIO GAFANAHAO antes identificado y expone: Solicito un tiempo prudencial para que haga presente mi hijo el ciudadano Francisco José Gafanahao , hermano del demandado quien se encuentra en Jose y solicito un tiempo de 20 minutos. El Tribunal vista la solicitud del notificado por cuanto la misma no es contraria a derecho el Tribunal la acuerda de conformidad y al efecto le concede el lapso solicitado siendo las once y veinte minutos(11:20 am). El Tribunal transcurrido como ha sido el lapso concedido para que se apersone el ciudadano Francisco José Gafanahao hermano del demandado, siendo las once y cuarenta minutos de la mañana (11:40 am), acuerda continuar con la practica de la presente medida de realización de inventario de la Comunidad Conyugal de los mencionados ciudadanos. En este estado interviene la Abogada en ejercicio Marisela Millan Salazar , inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 30.878, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana JAZZMIN DEL VALLE VALASQUEZ RIVAS, y expone: Solicito al Tribunal de cumplimiento a la presente comisión consistente en el inventario ordenado por el Tribunal de la causa, sobre bienes propiedad de la Comunidad Conyugal de los antes nombrados ciudadanos, los cuales señalaré en este acto, asimismo dejo constancia que el demandado ni su hermano hicieron acto de presencia en este acto y participo al Tribunal que en el Expediente Principal se encuentra inserto el acta constitutiva Estatutaria de la Empresa “ECO TINTA ,COMPAÑÍA ANONIMA ETINCA”. Seguidamente el Juez Suplente Especial Ejecuto de Medida Abogado Jorge Luís Puentes Torres, oída la solicitud de la apoderada actora Abogada Marisela Millan Salazar ya identificada , por cuanto la misma no es contraria a derecho a alguna disposición expresa de la ley , la acuerda de conformidad y deja expresa constancia que el demandado ni el ciudadano Francisco Gafanahao hicieron acto de presencia en este acto siendo las once y cincuenta minutos de la mañana(11:50am). Asimismo el Tribunal a fin de dar cumplimiento a la presente comisión ordena al perito practico realizar el inventario de todos y cada uno de los bienes pertenecientes a la comunidad conyugal de los ciudadanos antes mencionados, que serán señalados por la apoderada actora en este acto. En este estado interviene la Apoderada antes identificada y expone: Se encuentra dentro del inmueble los bienes que a continuación se señalan: 1) Impresora Marca: Canon, Modelo; BK-1000 sin serial visible. 2) Impresora Marca Lex Mark, serial Nro.05161335593. 3)Impresora Marca HP (Hewlet Packard) ,Modelo 820 CXI, serial SG67N149V. 4) Impresora ,marca HP, Serial V57951Q01C, Modelo 720. 5) Impresora Marca HP, Serial MY 6251T18K Modelo C4547A -600C. 6) Impresora HP serial Nro. TH09E78J8B, Modelo 610 CL. 7) Impresora HP ,modelo 850 C serial Nro. SG56F150PG. 8) Impresora ,Marca HP, Serial Nro. MX14312114F, Modelo 99CXI, 9) Impresora ,Marca HP, Serial Nro. SG38G250PV, Modelo: 550C. 10) Impresora ,Marca: Lex Mark , Serial Nro.22385646624. 11) Impresora Marca: HP ,Serial Nro. CNZA81975G, Modelo: 3820.12) Impresora ,Marca HP, Serial MYJ551Q1VP,Modelo 5150. 13) Impresora HP, Serial Nro. MY2703Y6Y2, Modelo: 3320. 14) Un equipo de computación compuesto por un monitor ,Marca Sansumg, Serial Nro.BP14HCET101363L , teclado marca Genios, Serial Nro. W0201208611, Un mouse y CPU. 15) Una Impresora Marca Epson. Modelo SCAL 2500, Serial Nro.BUBX047776. 16) Una Impresora Marca: Canon.Modelo: BJC-3000, sin serial visible .17) Una Máquina para recargar Toner (Aspiradora) de color negro sin marca no serial visible 18) Maquina recargadota de cinta color verde, tipo SRVNO sin modelo ni serial visible. 19) Una Máquina selladora de bolsa color azul, Modelo PFS-300 sin serial visible.20) Máquina de Vapor pequeña color cromado, sin marca ni serial ni modelo visible. 21) Una Máquina llenadota y succionadora de cartucho de color verde sin marca ni serial visible. 22) Un aire Acondicionado en consola de aproximadamente 5 Toneladas. 23) Un Equipo de Computación compuesto por Un Monitor , Marca: AOC, Serial V3CJ23A6541, Mouse, teclado color azul, serial Nro. 100010056287 y CPU. 24) Una Calculadora , Marca: casi. Modelo DR-120X, Serial Nro. 1542995. 25) Un equipo de computación compuesto por un Monitor, Marca Sansumg DP1H7HCCN500987X, Mouse, Teclado Marca Omega, Serial Nro.036112009380 y CPU. 26) Una Impresora ,Marca Hp, Serial Nro MY165b200X, Modelo office jet V40. 27) Una Impresora, Marca: Lex Mark, Serial Nro. 06280139439, modelo X83. 28) Cuatro (4) sillas de oficinas dos (2) de color azul y dos(2) de color negro. 29) Un archivo en fórmica de color negro de tres (3) gavetas 30) Una Impresora Hp, Modelo: PSC 1510 sin serial visible 31) Una Impresora Hp, Modelo LaserJet 1020 32) un Amplificador. Modelo: KD52K1, Marca: Kode, sin serial visible . son todos los bienes. Seguidamente el Tribunal visto el señalamiento de todos los bienes pertenecientes a la comunidad Conyugal , realizada por la apoderada actora Marisela Millan, El Tribunal le ordena al perito practico realizar el Inventario de los bienes así como verificar la identificación de los mismos y condiciones en que se encuentran dichos bienes. En este estado interviene el perito Practico designado ciudadano RIGOBERTO ALCALA GUACUTO, Ya identificado y expone: Paso a dar cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal y en consecuencia el inventario ordenado esta constituido por todos los bienes antes señalados , dejando constancia que los mismos se encuentran en el sitio donde se encuentra constituido este Tribunal. Cuyos seriales y marcas coinciden con las indicadas por la parte actora y se encuentran algunos en funcionamiento otros desconectados se presumen su funcionamiento y los últimos nuevos. Es todo. En este estado se hace presente una persona que dijo ser y llamarse FRANCISCO JOSE GAFANHAO MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de Identidad Nro. V-8637.855, en su condición de encargado de la empresa ECO TINTA, C.A., asistido en este acto por la abogada en ejercicio WESLEY OLIMPIA BEJARANO LEE, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 49696 y expone: Dejo constancia que parte de los bienes a los que se refiere el inventario que antecede pertenecen en propiedad a la persona del ciudadano FRANCISCO JOSE GAFANHAO MARQUEZ ; del mismo modo otra parte de dichos bienes pertenecen en propiedad a la ciudadana Fanny Gafanhao y por último el resto de tales bienes pertenecen a la compañía ECO TINTAS, C.A. ; todo lo cual indica que no se trata de bienes pertenecientes a la comunidad Conyugal tal como será demostrado oportunamente ante el Tribunal de la causa. Es todo. En este estado interviene la parte actora Abogada Marisela Millan, antes identificada y expone: Solicito al Tribunal que el notificado presente los libros de accionistas, actas de asambleas y contables .El Tribunal oída la solicitud de la apoderada actora Abogada Marisela Millan, la acuerda de conformidad, por no ser contraria a derecho y ordena al encargado de la empresa ECO TINTA el ciudadano FRANCISCO GAFANHAO, presente en este acto los libros indicados anteriormente. En este estado interviene el ciudadano antes identificado asistido por la Abogada WESLEY BEJARANO y expone: manifiesta que no tiene la documentación solicitada en este momento, ya que esta en una función que le corresponde manejarla al Contador. Es todo. Seguidamente el Juez Suplente Especial Primero Ejecutor de Medidas Abogado Jorge Luis Puentes Torres, con estas actuaciones da por cumplida la presente comisión tal como fue ordenado por la Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Sala de Juicio 01. Juez Suplente Especial Nro.01.-