REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de abril de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO: BP02-S-2006-001620
PARTE ACTORA: BALLADOLID BRITO CORONADO, titular de la cédula de identidad No. 8.366.734.
ABOGADOS ASISTENTES DE LA PARTE ACTORA: VICTOR GUEDES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 63.651.
EMPRESA DEMANDADA: SALÓN DE BELLEZA GIORGIA.
ABOGADO ASISTENTE DE LA DEMANDADA: ELIZABETH RODRÍGUEZ ZERPA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 25.850.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.
Hoy, veintiuno (21) de abril de 2006, siendo las diez (10:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la ciudadana BALLADOLID BRITO CORONADO, titular de la cédula de identidad No. 8.366.734, asistida por el abogado en ejercicio VICTOR GUEDES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 63.651, en condición de parte actora, y por la demandada SALÓN DE BELLEZA GIORGIA, se encontraba presente la representante legal de la demandada la ciudadana GEORGIA PEREZ DE HALAK, titular de la cédula de identidad No. 3.957.765, debidamente asistida por la abogada en ejercicio ELIZABETH RODRÍGUEZ ZERPA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 25.850. De seguida el Juez le concedió el derecho de palabra a cada una de las partes, y dadas las consideraciones realizadas la parte actora expone: “Desisto del presente procedimiento de conformidad a lo previsto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Es todo". En este estado interviene la parte demandada y expone: "Doy mi consentimiento al desistimiento expresado”. Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, expresado dándole efectos de la Cosa Juzgada, y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente visto lo aquí acordado, así mismo, en este acto se hace devolución de las pruebas presentadas por las partes.
El Juez.
Abg. Sergio Millan Charles, La Secretaria,
Abg. Fabiola Pérez,
Los presentes.
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