REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinte de abril de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BH06-Z-2000-000337
Definitivamente firme como ha quedado la anterior Sentencia de Divorcio, propuesto por la Ciudadana OSMIRA DEL CARMEN GUEVARA, en contra del ciudadano PEDRO PABLO LOPEZ AVILA, dictada por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº. 02, procédase a su ejecución. A los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil, expídase copia certificada de la Sentencia con inserción del presente auto y remítase con oficio una de ellas al Prefecto del Municipio Autónomo Anaco del Estado Anzoátegui y otra al Ciudadano Registrador Principal del Estado Anzoátegui. Certifíquense por Secretaria dichas copias de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del código Civil.- Asimismo este Tribunal acuerda negar el levantamiento de las Medidas, hasta que conste en autos la liquidación de la Comunidad o la Liquidación amistosa de los bienes de conformidad con el Articulo 761 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº. 02
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA ACC
ABOG: LORELYS FIGUEROA
En la misma fecha del auto anterior, se cumplió todo lo ordenado
en él.-
LA SECRETARIA ACC
ABOG: LORELYS FIGUEROA
AJD/CA