REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinte de abril de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-V-2005-000895
Vista la anterior comparecencia de fecha diecisiete (17) del mes de Marzo del presente año, cursante al folio Noventa y Cuatro (94) del presente expediente, suscrita por el ciudadano LUIS BELTRAN FIGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.312.637, domiciliado en: La vereda 41, N° 07, Las Casitas, Barcelona, Estado Anzoátegui, y el contenido de la misma. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, tomando en cuenta el Interés Superior de la adolescente XXXX, contenido en el Artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y del adolescente, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones concernientes a niños y adolescentes y a los fines de asegurar el desarrollo integral, así como el disfrute pleno de sus derechos y garantías, consagrados en el Artículo 27 de la referida Ley, referente al Derecho del niño a mantener las relaciones personales, regulares y permanentes, así como el contacto directo con sus familiares. En consecuencia, esta Sala de Juicio N° 02 en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a el ciudadano LUIS BELTRAN FIGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.312.637, domiciliado en: La vereda 41, N° 07, Las Casitas, Barcelona, Estado Anzoátegui, padre y Abuelo Paterno para que visite un fin de de semana cada 15 días a la adolescente XXXXX, en la Entidad de Atención Casa Hogar Luz y Esperanza, ubicada en la Vereda M, N° 06, entre calle 6 y 8 de la Urbanización Chuparin, Estado Anzoátegui. Ofíciese lo conducente al Director de la mencionada institución. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02.-
DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA ACC.-
ABOG. LORELYS FIGUEROA.-
AJD/ca.-
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