En el día de hoy, veinticinco (25) de Abril de dos mil seis, siendo las 2:35 PM, previa habilitación del Tribunal y por el tiempo que fuere necesario, se trasladó y se constituyó en compañía del Co-apoderado actor Rodolfo Gutiérrez Olave, con Inpreabogado bajo el número: 37.906, en la sede de la entidad Bancaria Banesco, ubicada en el centro comercial Petrucci, ubicada en la Av. Wiston Churchil, cruce con Av. Francisco de Miranda de ésta Ciudad de El Tigre, Estado Anzoátegui, a los fines de practicar una Medida Ejecutiva de Embargo, decretada por el tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, relacionado con el Juicio por el Cobro de de Prestaciones Sociales, seguido por Yeni Frontado contra Solestudios, C.A. Presente en el sitio la Ciudadana: Elizabeth Romero, C.I 10.062.593 quien manifestó que desempeña el cargo de Gerente de la referida Agencia a quien el Tribunal le notificó del motivo de su misión. Seguidamente solicita a la notificada e informe si la Cta. Nro. 01340021130213039849, se encuentra aperturaza a la orden de la empresa Solestudios, C.A., aquí demandada. Seguidamente la notificada informa al Tribunal, que la Cta. antes señalada si corresponde a la empresa Solestudios, C.A. En este estado interviene el co-apoderado actor, anteriormente identificado y expone: “ Solicito al Tribunal vista la exposición de la notificada se sirva a declarar embargado ejecutivamente de la Cta. antes señalada la suma de (Bs. 121.251.856,00), es todo”. En éste estado interviene el Tribunal y declara embargado ejecutivamente la cantidad de (Bs. 121.251.856,00); depositada en la Cta. Nro. 01340021130213039849 a la orden de la empresa Solestudios, C.A; y le participa a la notificada que dicha cantidad deberá ser remitida mediante Cheque de Gerencia, al Tribunal de la causa, Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a la mayor brevedad posible. Seguidamente interviene la notificada y expone: “ Consigno en éste acto Cheque de Gerencia Nro. 19711791, por la cantidad de (Bs. 121.251.856,00); a la orden de la Ciudadana: Yeni Beatriz Frontado Jiménez. Seguidamente el Tribunal siendo las 4:25 PM, da por cumplida su misión y acuerda el regreso a su sede, es todo”. Terminó, se leyó y conformen firman.
LA JUEZ, (Hay Sello Húmedo y Firma Ilegible).
LA NOTIFICADA, (Firma Ilegible).
EL CO-APODERADO ACTOR, (Firma Ilegible).
EL SECRETARIO, (Firma Ilegible).
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