En el día de hoy Seis (06) de Abril de Dos Mil Seis, siendo las 11:00 AM, el Tribunal previa habilitación y por el tiempo que fuere necesario se trasladó y se constituyó en compañía del Ciudadano: Wilfredo de Jesús Gónzalez Delgado , asistido por la Abogada en ejercicio Alsacia Lorena Meneses, con inpreabogado bajo el número 38.033, en la Agropecuaria San Isidro, ubicada en el asentamiento campesino Mesa de Guanipa-Sabana de Chaparral, sector los Melones, Municipio San Jósé de Guanipa Estado Anzoátegui, a los fines de practicar la verificación de la Entrega Material, decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Cicil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Presente en la entrada de la Agropecuaria San Isidro unos Ciudadanos, quienes se negaron a identificarse, los cuales se encuentraba, accesando al fundo con un vehículo marca Chevrolet color beige, placas 360XFG, cargada de pacas de pasto para ganado, quienes el Tribunal les notificó del motivo de su misión y éstos manifestaron que ése fundo por donde ellos estaban entrando se llama: "Fundo Carlos Eduardo" y, que Agropecuaria San Isidro estaba detrás de ese fundo, solo que la entrada era la misma y que los Ciudadanos Augusto Andrade, Luis Andrade y Piar Andrade, tenían tiempo que no ivan para allá. Seguidamente el Ciudadano: Wilfredo de Jesús Gónzalez Delgado , asistido de su Abogado, anteriormente identificada, interviene y expone: " Solicito muy respetuosamente a éste digno Tribunal que suspenda el presente traslado y ordene el regreso a su sede. En éste estado el Tribunal visto lo solicitado acuerda de conformidad y siendo las 12:00 PM, regresa a su sede, es todo". Terminó se leyó y conformes firman, menos los notificados.
LA JUEZ, (Hay sello Húmedo y Firma Ilegible)

EL SOLICITANTE, (Firma Ilegible)

LA ABG: ASISTENTE, (Firma Ilegible)

EL SECRETARIO, (Firma Ilegible)