REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, catorce de agosto de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-R-2006-000346


Mediante recurso de regulación de la competencia, llegan a este Juzgado Superior los autos de la causa de indemnización de daños morales seguida por el ciudadano Jorge Romero Rondón contra Chevron-Texaco, C. A. Ahora bien, se observa que se trata de una acción de contenido patrimonial para la que no tiene competencia este Juzgado Superior, dado que su competencia civil está limitada a la materia de bienes. En tal virtud, se declina la competencia en el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Remítase el expediente. Déjese copia certificada.

El Juez Provisorio,

Abog. Antonio Marcano Campos
La Secretaria Temporal,

Abog. Neysa Milano Arreaza