REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, uno de agosto de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BH01-X-2006-000114
Por recibido, admítase, désele entrada en los libros de causas respectivos llevados por este Tribunal durante el presente año y háganse las anotaciones correspondientes.
Vista la inhibición planteada por el ciudadano Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, Dr. JOSE CAMPOS CARVAJAL, en la demanda por INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, propuesta por los abogados DORIS ZABALETA y MANZUR A. GONZALEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 31. 452 y 81. 000, contra la Asociación Civil Pro vivienda Urbanización Altos de Pozuelos, fundamentada en la causal 18º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de que “(…)encontrándome ( el Juez inhibido) en el libre ejercicio de la profesión de abogado, existió diferencia de tipo personal entre la abogada Doris Zabaleta y mi persona(…); este Tribunal Superior , conforme a lo establecido en el artículo 88 ejusdem, declara CON LUGAR la inhibición planteada , por estar fundamentada en causal legal.
En consecuencia , remítase este Asunto al Juzgado de origen, a los fines legales consiguientes.
Así lo decide este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
El Juez Superior Temp,
Abg. Rafael Simón Rincón Apalmo
La Secretaria,
Abg. María Eugenia Pérez
Mediante Oficio Nº. 0410- 594, y constante de ocho folios útiles, se hace la remisión ordenada. Conste.
La Secretaria,
Abg.María Eugenia Pérez
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