REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, nueve de agosto de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BH01-X-2006-000123
Vista la inhibición planteada en fecha 13 de julio de 2006, por el ciudadano Juez Suplente Especial del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, JOSE CAMPOS CARVAJAL, en el juicio por RENDICION DE CUENTAS, seguido por MARICRUZ FLORES GARCÍA Y SOCORRO DEL JESUS GARCÍA VELASQUEZ DE FLORES, actuando en su propios nombres y en representación de los co- herederos LOURDES JOSEFINA, JOSE GREGORIO, JOEL ANTONIO, ELIZABETH COROMOTO, JOSE LUIS Y REINALDO JOSE FLORES GARCÍA, contra el ciudadano JOANIS RAFAEL FLORES GARCÍA; fundamentada dicha inhibición en la causal 20 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en virtud a que , “(…)en fecha 12 de julio de 2006, la abogada en ejercicio CARLA SOLORZANO, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad N° 12.914.308, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 75797, apoderada judicial de la parte demandante en el presente juicio, consignó por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, escrito suscrito por ella en el juicio de Nulidad de Asamblea, propuesta por el ciudadano REINALDO JOSÉ RODRIGUEZ YILO, en contra de la empresa DESARROLLOS 1.1196.C.A., ó PROMOTORA PUERTA DEL SOL, C.A, signado con el N° BP02-V-2005-1025, nomenclatura de este Juzgado, mediante el cual profirió improperios en contra de mi persona que denotan la falta de ética profesional, apego a la moral y buenas costumbres, por parte de la precitada abogada.- Analizando lo anteriormente expuesto he llegado a la conclusión de que pudiera verse comprometida mi imparcialidad por considerar injuriosas las expresiones contenidas en el escrito supra mencionado cursante a los folios 245 al 247 de dicho expediente, y en razón de ello me inhibo de seguir conociendo esta causa que por RENDICION DE CUENTAS han incoado las ciudadanas: MARICRUZ FLORES GARCIA y SOCORRO DEL JESUS GARCIA VELASQUEZ de FLORES, a través de sus apoderadas Judiciales las abogadas en ejercicio ELIANA SOLORZANO de ROJAS, y CARLA SOLORZANO, contra JOANIS RAFAEL FLORES GARCIA, por estar incurso en la disposición contenida en el artículo 82 ordinal 20 del Código de Procedimiento Civil(…).” Este Tribunal Superior, conforme a lo establecido en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la inhibición planteada, por estar fundamentada en causal legal.
En consecuencia, remítanse estas actuaciones al a-quo, a los fines legales consiguientes.
Así lo decide este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Publíquese, regístrese, agréguese a los autos, déjese copia certificada de esta decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona, a los nueve (09) días del mes de agosto del año dos mil seis (2006) . Años: 196º de la Independencia y147º de la Federación.
El Juez Superior Temp.,
Abg. Rafael Simón Rincón Apalmo
La Secretaria,
Abg.María Eugenia Pérez
Mediante oficio Nº. 0410- 615, y constante de once (11) folios útiles, se remitió el presente Asunto al Juzgado de origen. Conste.
La Secretaria,
Abg.María Eugenia Pérez
ASUNTO : BH01-X-2006-000123
CASO INHIBICION PLANTEADA POR EL DR. JOSE CAMPOS, JUEZ DEL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, EN EL JUICIO POR RENDICION DE CUENTAS, SEGUIDO POR MARICRUZ FLORES GARCÍA Y OTROS CONTRA JOANIS RAFEL FLORES GARCÍA.
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