REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 14 de agosto de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2006-006136
ASUNTO: BP01-P-2006-006136
Visto el escrito presentado por la Dra. KARINA LOPEZ, en su condición de Fiscal Vigésima (e) del Ministerio Público de este Estado, mediante el cual solicita se libre ORDEN URGENTE DE APREHENSIÓN contra los ciudadanos RONALD RAFAEL PEREZ VISCAINO Y MIGUEL ANTONIO SUBERO CHAVEZ, a quien se le imputa la comisión de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y EL BUEN ORDEN DE LAS FAMILIAS, en perjuicio de MARIA DE LOURDES RONDON SALCEDO Y MARIA JOSE BETANCOURT RONDON, en consecuencia, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, para decidir observa:
Cursa a las actuaciones Acta Policial de fecha 19/07/2006 suscrita por el funcionario DOMINGO JESUS TRUJILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, donde deja constancia de la siguiente diligencia: “… En esta misma fecha iniciando las averiguaciones relacionadas con el expediente H-276.463, que se instruye por los delitos Contra la Propiedad y Contra Las Buenas Costumbres y el Buen Orden de las Familias, me traslade en compañía del funcionario JOSE PADRON, en la unidad P-188, a una residencia ubicada en la Vía Principal Sector Parcelamiento Puente Ayala de esta ciudad, a fin de efectuar Inspección Técnico Policial, asimismo diligencias que nos conlleven al total esclarecimiento del caso que nos ocupa, una vez ubicada la residencia, fuimos recibidos por una persona quien luego de explicarle el motivo de la comisión, dijo ser el propietario del inmueble a quien identificamos de la siguiente manera: JOSE ENRIQUE BETANCOURT MEJIAS, de nacionalidad venezolana, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 46 años de edad, de estado civil casado, de profesión contratista, Titular de la Cédula de identidad Personal Nº 5.486.915, este manifestó ser esposo de la ciudadana MARIA DE LOURDES RONDON SALCEDO, identificada en autos por ser la denunciante y victima del caso, seguidamente nos hizo pasar al interior de la residencia en donde se procedió a realizar inspección y áreas externas de dicho inmueble, lográndose colectar varias evidencias de interés Criminalísticas, luego el entrevistado nos manifestó que los sujetos autores del hecho se llevaron un Radio transmisor portátil, colores negro y anaranjado con la inscripción TALK-ABAOUT, propiedad de su vecina SANDRA PEREZ, quien se lo había prestado para comunicarse entre si ya que por el sector han ocurrido varios robos a residencias, luego el entrevistado nos manifestó que a sus hijos presentes para el momento de ocurrir el hecho se los había llevado de dicha residencia a otro lugar, en esta ciudad, a casa de unos familiares, debido a la situación que confrontan por los momentos, por lo que a dicho ciudadano se le hicieron entregas de Boletas de citación a nombre de su vecina antes citada, así como a nombre de sus hijos con excepción de JOSE ENRIQUE BETANCOURT, quien es enfermo, asi como de su persona…”
Denuncia de fecha 19/07/2006, interpuesta por la ciudadana MARIA DE LOURDES RONDON SALCEDO, de 44 años de edad, casada, docente, quien entre otras cosas manifestó: “Comparezco por ante este Despacho, con la finalidad de denunciar que en el dia de hoy en horas de la madrugada cuatro sujetos desconocidos portando armas de fuego cortas y largas y bajo amenaza de muerte se introdujeron a mi residencia y después de amordazarnos abusaron sexualmente de mi y de mi hija de nombre MARIA JOSE BETANCOURT RONDON, de 16 años de edad, así mismo estos sujetos, se llevaron una computadora tipo laptop, modelo Pentium 4, valorada en 4.000.000 de bolívares, dos celulares…valorado en 250.000 bolívares, y el otro valorado en 300.000 bolívares, un equipo de sonido marca panasonic valorada en 1.8000,00 bolívares……”.
Inspección Técnica Nº 2447, de fecha 19-07-2006, practicada por los funcionarios JOSE PADRON Y DOMINGO TRUJILLO, Adscritos al Cuerpo de Investigaciones científicas, Penales y Criminalisticias, Delegación Barcelona, en la Carretera Barcelona, Parcelamiento Agrario Puente Ayala, Fundo Redondera, Sector Mallorquín de Barcelona, Estado Anzoátegui.-
Examen de Reconocimiento Médico Legal N° 09700-139.1.189, de fecha 19/07/2006, suscrita por el Dr. NUMAN AVILA, Médico Forense adscrito al servicio del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Barcelona, quien de conformidad con lo establecido en el artículo 224 del Código Orgánico Procesal Penal, ha practicado reconocimiento médico legal, en la persona de MARIA DE LOURDES RONDON SALCEDO, el cual rindió bajo juramento e informó: “Examen Ginecológico: Excoriación en horquilla vulva y equimosis en labio menor derecho. Himen con desgarro antiguo”.
Experticia de Avalùo Prudencial, de fecha 20-07-2006, suscrita y redactada por el funcionario JOSE PADRON, experto al servicio del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Sub-Delegación Barcelona.-
Informe Médico Psiquiátrico, de fecha 27-07-2006, suscrito por la Dra. ISABEL LAPREA DE FARIAS, practicado a la adolescente MARIA JOSE BETANCOURT, quien fue victima conjuntamente con su familia de un atraco a mano armada…”
Acta de entrevista de fecha 19/07/2006, rendida por el ciudadano RICHARD JOSE RAMOS MAITA, quien entre otras cosas manifestó: “… me encontraba en mi trabajo, en eso llegó una comisión de la PTJ, me preguntaron que como me había sucedido la herida que tenía en el pie, les dije que me había hincado con un clavo que se encontraba en una tabla, luego me entregaron una Boleta de citación para que viniera a este Despacho….”
Acta de entrevista de fecha 19/07/2006, rendida por el ciudadano ARMANDO JOSE HERNANDEZ, quien entre otras cosas, manifestó: “……vine a este Despacho a acompañar a mi compañero de trabajo de nombre RICHARD RAMOS, debido que tiene una herida en el pie derecho, la cual se hizo con un clavo que estaba clavado en una tabla en una pared del área donde trabajamos, ahora bien, quiero aclarar que esa herida la tiene desde el dìa de ayer (18-07-2006), para el momento en que iba a agarrar una viga….”
Planillas de remisión Nros. 241 y 242, de objetos relacionados con la presente causa.-
Examen de Reconocimiento Médico Legal N° 09700-139.1.188, de fecha 19/07/2006, suscrita por el Dr. NUMAN AVILA, Médico Forense adscrito al servicio del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Barcelona, quien de conformidad con lo establecido en el artículo 224 del Código Orgánico Procesal Penal, ha practicado reconocimiento médico legal, en la persona de MARIA DE LOURDES RONDON SALCEDO, el cual rindió bajo juramento e informó: “HERIDA PUNTIFORME EN PLANTA DE PIE DERECHO”
Acta de entrevista de fecha 19/07/2006, rendida por el ciudadano JOSE ENRIQUE BETANCOURT MEJIAS, quien entre otras cosas, manifestó: “…….varias personas irrumpieron en mi residencia y luego de someterme y amordazarme me dejaron en mi cuarto, vigilándome constantemente, mientras procedieron a abusar sexualmente de mi esposa MARIA RONDON y de mi hija MARIA JOSE BETANCOURT RONDON, de 16 años de edad, en presencia de mi hijo de nombre JOSE DAVID BETANCOURT RONDON…se fueron de la casa, saltando por la cerca de alfajor….llevándose un equipo de sonido,…una laptop, de color negra, un nintendo…., prendas de oro, un mini componente, un escopetin, varios relojes, varias ropas, un par de zapato, un radio portátil, dos celulares….”
Planilla de remisión Nº 252, de objetos relacionados con la presente causa.-
Examen de Reconocimiento Médico Legal, de fecha 25/04/2006, suscrito por el Dr. NUMAN AVILA… ha practicado Reconocimiento Médico Legal en la persona de DAXY MARGARITA FUENTES… informo: “Examen ginecológico: Hay desgarro del himen a nivel de la hora 7 según la esfera del reloj en posición ginecológica-lesión antigua”.
Acta de entrevista de fecha 19/07/2006, rendida por la ciudadana MARIA DE LOURDES RONDON SALCEDO, quien entre otras cosas, manifestó: “…….yo venía de una consulta médica con mi esposo y mi hija, decidimos pasar por nuestro fundo….ya que estamos empacando nuestras cosas, para mudarnos del sector debido a lo ocurrido, de repente vimos a dos personas, una de piel morena, de contextura delgada, de estatura alta, de cabello negro y el otro de pie morena, de contextura delgada, como de 18 años de edad,…. Que pasaban por las adyacencias, inmediatamente los reconocimos como dos de los sujetos que irrumpieron en mi casa en la madrugada del 19 de julio del presente año, donde abusaron sexualmente de mi menor hija y de mi persona….. motivo por el cual me comunicaron que los sujetos que vimos pasar…responden a los nombres de RONALD PEREZ….y MIGUEL SUBERO CHAVEZ…….”
De lo anteriormente explanado resulta acreditada la existencia de un hecho punible de acción pública que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no está evidentemente prescrita así como suficientes elementos de convicción para estimar que los imputados RONALD RAFAEL PEREZ VISCAINO Y MIGUEL ANTONIO SUBERO CHAVEZ, son autores de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD Y CONTRA LAS BUENAS CONSTUMBRES Y EL BUEN ORDEN DE LAS FAMILIAS, en perjuicio de la ciudadana MARIA DE LOURDES RONDON SALCEDO Y la menor MARIA JOSE BETANCOURT RONDON y como quiera que en el presente caso existe peligro de fuga u obstaculización en la búsqueda de la verdad, por la magnitud del delito, y llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que considera este Tribunal, ajustado a derecho DECRETAR ORDEN DE APREHENSION en contra de los mencionados ciudadanos. Y ASÍ SE DECIDE.
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA ORDEN DE APREHENSION en contra de los imputados RONALD RAFAEL PEREZ VISCAINO, quien es venezolano, natural de Barcelona, Titular de la Cèdula de de Identidad Personal Nº 19.169.137, soltero, desempleado, de 21 años de edad, residenciado en la Calle Principal Nº 04, Barrio Los Unidos, Sector Puente Ayala, Barcelona, Estado Anzoátegui, Y MIGUEL ANTONIO SUBERO CHAVEZ, quien es venezolano, de 18 años, de oficio desempleado, soltero, titular de la cédula de identidad N° 21.612.558, residenciado en la Calle Principal S/N, Barrio Los Unidos, Sector Puente Ayala, Barcelona, Estado Anzoátegui , por la presunta comisión de los delitos de CONTRA LA PROPIEDAD Y CONTRA LAS BUENAS CONSTUMBRES Y EL BUEN ORDEN DE LAS FAMILIAS, en perjuicio de la ciudadana MARIA DE LOURDES RONDON SALCEDO Y la menor MARIA JOSE BETANCOURT RONDON. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la correspondiente Orden de Captura y oficio, al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegaciones de Barcelona y Puerto la Cruz, Caracas, Distrito Capital, con el objeto de que practiquen la captura del referido imputado, acordándose asimismo que una vez dado estricto cumplimiento y lograda la captura de los mencionados ciudadanos, se servirán dejarlo recluido en la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, a la orden de este Tribunal de Control Nº 03, a quien se permitirá notificar con carácter URGENTE. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 03,
DRA. BOLIVIA ALVAREZ MELENDEZ
LA SECRETARIA,
ABG. ANA CECILIA VALERIO.,
BAM/rita