REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 2 de agosto de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-006004
ASUNTO : BP01-P-2006-006004

Visto el escrito presentado por el Dr. LEONARDO REYES, en su condición de Fiscal Noveno del Ministerio Público de este Estado, mediante el cual coloca a disposición de este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, en calidad de detenido al imputado JIMMY ALEXANDER GONZALEZ GALLARDO, solicitando a este Tribunal se le acuerde la Libertad sin restricción, por no estar llenos los requisitos previstos en los artículos 250 y 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Y oído como fue el imputado en la Audiencia de Presentación celebrada para estos fines, debidamente asistido por la Defensora Privada, Dra. MARIA IRENE RODRIGUEZ, previamente designada, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, con Funciones de Control N° 03, para decidir observa:
PRIMERO: "Cursa al folio Tres de la presente causa, acta policial de fecha 01 de Agosto del 2006, suscrita por el funcionario Sub- Comisario (IAPANZ) LUIS EKADIO GOMEZ, quién deja constancia de lo siguiente entre otras cosas: “ … en labores de patrullaje por los diversos sectores que conforman el municipio Peñalver, a bordo de la unidades motos,… a mi mando y como auxiliares los funcionarios CABO SEGUNDO (PA) RAUL SANCHEZ, DISTINGUIDO (PA) DANIEL SIFONTES, AGENTE (PA) IMBER LEONEL, específicamente por la primera transversal del sector la Paz de Puerto Píritu municipio Peñalver, avistamos a un ciudadano que para el momento vestía franela de color blanco y pantalón jeans, el mismo al notar la presencia de la comisión policial hizo muestra de gestos con intenciones de eludirnos,…le dimos la voz de alto, … procediendo a efectuarle la respectiva revisión corporal,….encontrándole en el bolsillo derecho de su pantalón Un (01) mini envase de color blanco y letras de color azul donde se lee la nomenclatura ERVOSTAL 30 grageas distonias Neurovegetativas, contentivo en su interior de la cantidad de Diecinueve (19) mini envoltorios envueltos en material sintético de color negro de los cuales Doce (12) están atados con hilo de coser de color negro y siete (7) están amarrados con hilo de coser blanco, todos contentivos en su interior de una pasta compacta de color blanco de lo que se presume sea la droga denominada Crack, y en el interior del mismo bolsillo se le encontró la cantidad de Treinta y siete mil bolívares,.. en efectivo en papel moneda de curso legal,…quedó plenamente identificado como JIMMY ALEXANDER GONZALEZ GALLARDO,… portador de la Cédula de Identidad Nº 15.586.227,… y vista la solicitud Fiscal de Libertad SIN RESTRICCION al imputado JIMMY ALEXANDER GONZALEZ GALLARDO, por no estar llenos los requisitos previstos en los artículos 250 y 256 del Código Orgánico Procesal Penal, éste Tribunal por considerar que el imputado de autos no se encuentra incurso en delito alguno, esta Instancia comparte el criterio del Ministerio Público, y en consecuencia se acuerda la LIBERTAD SIN RESTRICCION alguna al ciudadano JIMMY ALEXANDER GONZALEZ GALLARDO, conforme a lo establecido en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Ofíciese a la Zona Policial Nº 03, Píritu del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Anzoátegui, participándole de la inmediata libertad del imputado, quien salió de la sede de este Tribunal.
TERCERO: Remítase el presente asunto a la Fiscalía Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial en la oportunidad legal correspondiente, a los fines de que emita el correspondiente acto conclusivo. Quedan las partes presentes en este Acto debidamente notificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.-
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LA LIBERTAD SIN RESTRICCION del ciudadano JIMMY ALEXANDER GONZALEZ GALLARDO, titular de la Cédula de identidad Nº 15.586.227 ,nacionalidad Venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, de 27 años de edad, fecha de nacimiento 16-02-80, hijo de JOSE GONZALEZ y DILIA GALLARDO, profesión u oficio Cauchero, con residencia en Puerto Píritu, Calle Aurima Casa Nº 27, Estado Anzoátegui; de conformidad a lo consagrado en el artículo 44, ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 9 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese a la Zona Policial Nº 03, Píritu del Estado Anzoátegui, participándole la inmediata libertad del imputado, quién saldrá de la sede de este Tribunal. Remítase el presente asunto a la Fiscalía Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial en la oportunidad legal correspondiente. Cúmplase.-
LA JUEZ DE CONTROL N° 03,
DRA. BOLIVIA ALVAREZ MELENDEZ
LA SECRETARIA,
ABOG. ANA CECILIA VALERIO