REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 14 de Agosto de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2003-006920
ASUNTO : BP01-P-2004-000502
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada en fecha 20/07/2006, por el Tribunal de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la cual decretó EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano: DOUGLAS MANUEL MISSEL AGUIRRE, Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 23/12/1963, de 43 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 8.247.784, casado, electricista, con residencia en Barrio Portugal Abajo, Sector Las Palmeras, N° 15, detrás del Liceo “José Antonio Anzoátegui”, Barcelona, jurisdicción de esta Entidad Federal, de conformidad con lo establecido en los artículos 42, 44, 45, 48, ordinal 7° y 318, ordinal 3°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 553 ejusdem y concatenado con el artículo 37 de la reformada Ley Adjetiva Penal, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto en el artículo 417 del Código Penal, en agravio de ERASMO JOSE PERDOMO GOATACHE. En consecuencia este Tribunal N° 01 de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a DOUGLAS MANUEL MISSEL AGUIRRE. Ofíciese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, notificando la presente decisión. Igualmente, líbrese Oficio a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, con el objeto de que se notifique al penado DOUGLAS MANUEL MISSEL AGUIRRE, del cese de las presentaciones y remítase la presente causa en su forma original al Archivo Judicial de este Estado en su oportunidad legal, a los fines de su cuido y archivo.
Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado, Dr. JOSÉ LUIS AZUAJE, a la Defensa, representada por la Abogada MARILIN ORTA.- Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01,
DRA. FREYA RODRIGUEZ DE LOPEZ,
LA SECRETARIA,
ABG. FRANCIS SANCHEZ.
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