REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de agosto de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2006-003919

Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano RAFAEL ENRIQUE SIFONTES LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.321.727, asistido por le Abogado BAHILDEN RAMOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 106.415, y los recaudos acompañados, mediante el cual solicita que el y los ciudadanos CARMEN FELICIA, JORGE LUIS, DAISY JOSEFINA, XIOMARYS ALEXANDRA y ANA MERCEDES SIFONTES LOPEZ, sean declarados ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JORGE SIFONTES, quien falleció ab- intestato el día 15 de febrero de 2002, en el Centro Médico Total de la ciudad de Puerto La Cruz del Estado Anzoátegui.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones contestes rendidas por los ciudadanos RAUL JOSE CARABALLO RUIZ y JOSÉ MEJIAS, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles sus condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JORGE SIFONTES, a sus hijos ciudadanos RAFAEL ENRIQUE SIFONTES LOPEZ, CARMEN FELICIA SIFONTES LOPEZ, JORGE LUIS SIFONTES LOPEZ, DAISY JOSEFINA SIFONTES LOPEZ, XIOMARYS ALEXANDRA SIFONTES LOPEZ y ANA MERCEDES SIFONTES LOPEZ, identificados en autos, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original al interesado y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.
LA JUEZ PROV.,


DRA. IDA TINEO DE MATA. LA SECRETARIA ACC.,


ABOG. ADA MAITA MATUTE.
NOTA. En esta misma fecha se devolvieron originales constantes de diecinueve (19) folios útiles. Conste.
LA SECRETARIA ACC.,

ABOG. ADA MAITA MATUTE.
ITDM/bv