REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, uno de agosto de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BP02-S-2006-003907

Vista la anterior solicitud, suscrita por el ciudadano MICKELINO ALOISI PESSOLANO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 8.241.317, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ALEJANDRO MACHADO MILLAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 116.146, y la justificación promovida y evacuada por ante este Tribunal, contentiva de las declaraciones de los Ciudadanos: JULIO BELTRAN MILANO RONDON y SILVIA ANDREINA AGREDA RAMOS venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-16.257.230, y V-16.054.878, respectivamente, de este domicilio, a favor del solicitante Ciudadano: MICKELINO ALOISI PESSOLANO, quien manifiesta su deseo de que se le expida Título Supletorio de Propiedad sobre unas bienhechurías construidas sobre un terreno de su propiedad, el cual mide UN MIL TRECIENTOS OCHO METROS CUADRADOS (1.308 Mts2), ubicado en el complejo Turístico el Morro de las Zonas las Villas Este, sector Aquavillas del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, dicha construcción tiene las siguientes características Fundaciones, columnas y vigas de concreto armado y losas nervadas, paredes de bloques de cemento tipo aliven frisados, ventanas en perfilaría de aluminio y cristal y losas inclinadas en el techo, impermeabilizadas con manto real y revestidas de tejas, tuberías tipo pavco para las instalaciones de aguas blancas, negras y electricidad, puertas de madera entamboradas en el interior y pisos revestidos en cerámica de primera en el área interior. Esta constituida en dos niveles: PLANTA BAJA: un salón, un comedor, una cocina, un lavadero, un estudio, dos baños; en su parte externa tiene: dos puestos de estacionamiento techados, una habitación, dos baños, una piscina, un caney, un muelle, un tanque de agua subterráneo con capacidad de 12000 litros y áreas verdes con una extensión aproximada de TRECIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS (385Mts). PLANTA ALTA: tres habitaciones, tres baños y tres terrazas. Esta comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En treinta y cuatro metros con cincuenta y dos centímetros (34,52 Mts) con avenida Nº 21, en línea regular compuesta por dos segmentos que miden once metros con ochenta y nueve centímetros y un arco cuyo desarrollo es de veintidós metros con sesenta y tres centímetros. SUR: En treinta metros (30Mts) con canal. ESTE: En treinta y ocho metros con cincuenta centímetros (38,50) con parcela 386 y OESTE: En cincuenta metros (50Mts) con parcela 388.Que la referida bienhechuria tienen un costo de NOVECIENTOS CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 950.000.000,°°). Ahora bien, el Tribunal considera suficientes los recaudos presentados, por lo que Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara a la Justificación promovida, suficiente Título Supletorio de Propiedad, a favor del ciudadano: MICKELINO ALOISI PESSOLANO, ya identificado, sobre las bienhechurías antes descritas, dejando a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Suplente Especial

Dra. Helen Palacio García

La Secretaria Suplente

Abog. Marieugelys García Capella




HPG/luyanny