REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de agosto de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-S-2006-003993


Vista la anterior solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO y su anexo, presentada por la ciudadana NANCY DEL VALLE AGUILAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.904.119, de éste domicilio, asistida por el abogado en ejercicio FELIX BETANCOURT, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 86.172; el Tribunal, Niega la admisión de la misma, por cuanto por la solicitante NANCY DEL VALLE AGUILAR, antes identificada, no consignó otro medio de prueba fehaciente que demuestre existencia del error denunciado; conforme a lo previsto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil; y así se declara.-

El Juez Suplente Especial,


Abog. Pedro Rafael Mejía
La Secretaria,


Abog. Doris Rojas de Nadales.-






PRM/bp.