REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, once de agosto de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP12-S-2006-002906
Vista la solicitud presentada por el ciudadano ANGEL DESIDERIO BOLIVAR , Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.280344, de este domicilio, debidamente asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, sobre un lote de terreno ejido que mide cuatrocientos metros cuadrados (400mts2), ubicadas en la calle el Llanero, casa s/n del sector José Antonio Páez de esta Ciudad de El Tigre; alinderadas de la siguiente manera NORTE: Calle El Llanero que es su frente, midiendo (16mts).- SUR: Casa que es o fue de maría Figuera, midiendo (16mts).- ESTE: Casa que es o fue de Ricardo Brito, midiendo (25mts) y OESTE: Casa que es o fue de Jesús Ramos, midiendo (25mts).- Dichas bienhechurias consta de una casa de paredes de bloques de cemento, piso de cemento y techo de platabanda, constante de un local comercial, una sala comedor, tres habitaciones, tres baños, una cocina y un lavandero, totalmente cercada de paredes de bloques de cemento y frente de rejas de hierro, puertas de hierro, ventanas de vidrio y hierro y puertas de metal.- El valor invertido es la cantidad de VEINTICINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 25. 000.000,oo) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, MINEIDA RODRIGUEZ y EDGAR HERNANDEZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano ANGEL DESIDERIO BOLIVAR, ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA Acc,
DILENIS CORREA
Se devuelve original con sus resultas a la parte interesada constante de seis (6) folios útiles Conste.-
LA SECRETARIA Acc,
DILENIS CORREA